Tribunales

La magistrada de la DANA sigue estudiando la inclusión de ocho casos al número oficial de víctimas mortales de la tragedia

La jueza recuerda que la condición indispensable para reconocer a una persona como víctima mortal es "un informe forense que concluya que la muerte fue causada por la inundación"

Interior de la sala de vistas de Catarroja en una imagen de archivo. / Manuel Bruque (EFE)

València

La jueza que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024 sigue estudiando la inclusión de ocho fallecimientos en la cifra oficial de víctimas de la tragedia. Se trata de muertes cuyas familias consideran que se debieron a las inundaciones y han solicitado que sean reconocidas como víctimas mortales, aunque su incorporación todavía está en análisis. En cada caso, la instructora solicita informes forenses y los examina para determinar si pueden sumarse al número oficial de fallecidos.

La magistrada ya ha incluido nuevos casos en la lista oficial de víctimas, como el de un hombre de 74 años que pasó toda la noche mojado y expuesto al frío sin poder salir de su vivienda inundada. Murió el 3 de noviembre en el hospital, pero el informe médico concluye que fue la inundación la que agravó su enfermedad previa y desencadenó el proceso que provocó su muerte.

También ha incorporado el fallecimiento de una bebé viable que murió junto a su madre a causa de las inundaciones. En ambos casos, la jueza ha establecido que existía un vínculo directo y que la muerte es atribuible a las condiciones sufridas durante la DANA.

Los criterios de la magistrada

En otros casos, la magistrada ha descartado incluir el fallecimiento en la lista oficial de víctimas. En enero rechazó la incorporación de una mujer que murió en el hospital y que estaba ingresada desde antes de la DANA. La familia alegó que la noticia de que había perdido su casa le provocó un fuerte impacto emocional, pero la jueza determinó que, aunque la angustia pudiera estar relacionada con la inundación, legalmente no puede imputarse a los investigados ni establecerse un nexo causal directo con su muerte. También se ha rechazado en febrero la inclusión de un hombre que falleció un mes después a causa de una infección ajena a las inundaciones.

"Condición indispensable"

La magistrada recuerda en sus resoluciones que la condición indispensable para reconocer a una persona como víctima mortal de la DANA es un informe forense que concluya "que la muerte fue causada por la inundación o por la gestión de la emergencia, no por efectos indirectos o emocionales".

Según los datos recopilados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana a partir de las resoluciones judiciales, permanecen ocho casos en investigación. Estos fallecimientos podrían hacer aumentar el número oficial de víctimas mortales, que por ahora se mantiene en 230, siempre que se confirme la existencia de un nexo causal entre la DANA y el fallecimiento.

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