Condenada una clínica sevillana por discriminar a una embarazada
El Supremo obliga a indemnizar a una doctora despedida durante su baja maternal
El Tribunal Supremo considera discriminatorio cualquier perjuicio laboral derivado del embarazo. Así lo recoge en una sentencia en la que obliga a una clínica de Sevilla a indeminizar a una de sus médicas que fue despedida durante su baja maternal.
Doce mil euros de indemnización deberá pagar el dueño de esta clínica de cirugía estética a una doctora a la que despidió al incorporarse de una baja maternal. Así lo dice el Supremo que revoca con ello la sentencia de la Audiencia de Sevilla.
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El Supremo entiende que se han vulnerado derechos fundamentales de esta mujer que ha sido discriminada por razón de su sexo. Y ha visto como el empresario atentaba contra la dignidad del ser humano, según la sentencia.
La doctora era especialista en cirugía estética con el MIR, ganaba en función de lo que facturaba cada cliente y prestó su servicio en la clínica durante seis años.




