El PP "no está legitimado" para denunciar a Chaves por lo contencioso
Caso Matsa: El Supremo explica que sólo pueden acudir a lo contencioso los que ven lesionados sus derechos o intereses
El Supremo revoca la decisión del TSJA que ordenaba al Consejo de Gobierno abrir expediente sancionador al presidente Chaves en relación a las ayudas recibidas por la empresa MATSA, de la que su hija Paula era apoderada. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha apreciado "falta de legitimación de los recurrentes", la cúpula del PP andaluz. La sentencia se ha hecho pública hoy. El fallo se conoció hace un mes.
El Supremo explica en la sentencia las razones por las que el PP no está legitimado en la jurisdicción contenciosa para recurrir esa decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de no abrir expediente al ex presidente andaluz, Manuel Chaves. El motivo es que no se han lesionado los derechos o intereses de los recurrentes al aprobarse una ayuda para la empresa donde estaba trabajando la hija de Chaves, la empresa minera Matsa. Los recurrentes son Antonio Sanz y Esperanza Oña, parlamentarios andaluces.
La legitimación, recuerda el Supremo, está perfectamente clara en la doctrina general. Por eso, señala que el Tribunal Superior de justicia de Andalucía aplicó incorrectamente la Ley de Jurisdicción al tramitar el recurso.
El Supremo recuerda a los parlamentarios que el control sobre los gobernantes deben ejercerlo directamente con los medios que tienen reconocidos en el seno de las instituciones.

Mercedes Díaz
Periodista de Tribunales y redactora de sucesos en Radio Sevilla desde 1990. Licenciada en Ciencias...




