La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia indica que el acusado O.G., de 37 años y nacionalidad marroquí, agredió a su esposa T.A., también marroquí, con intención de matar con sobre las 17 horas del 13 de septiembre de 2010 en el domicilio que compartían en Sevilla. Según la sentencia, el acusado apuñaló a su pareja con un cuchillo de 16,5 centímetros de hoja hasta que el arma se rompió, lo que evitó un desenlace mortal. El teléfono gratuito de atención a las víctimas de violencia de género es el 016. El acusado agredió a la víctima con un cuchillo de 16,5 centímetros con el que intentó cortarle el cuello, pero la mujer interpuso el hombro, donde sufrió una herida de ocho centímetros que afectó a planos profundos. A continuación, la punta del cuchillo se rompió, por lo que las sucesivas heridas fueron superficiales, según la sentencia, que considera demostrado que la intención del acusado era acabar con la vida de su esposa. O.G. solo cejó en su empeño cuando los vecinos que estaban presenciando la agresión desde el exterior de una ventana avisaron a la Policía, por lo que fue esta «oportunísima intervención» la que evitó un fatal desenlace y no un desistimiento voluntario, como alegó el acusado. El tribunal considera, además, que el cuchillo estaba en «perfecto estado» al comenzar la agresión, como lo demuestra «el hecho de la envergadura de la lesión en el hombro izquierdo de la víctima, de unos ocho centímetros y que afectó a planos profundos, produciendo abundante sangrado», lesión «que sin duda se realizó con la hoja del cuchillo en correcto estado para el corte». Precisa la sentencia que la víctima ha sido indemnizada con 7.000 euros por la madre del acusado, por lo que en el juicio renunció a la indemnización que pudiera corresponderle.