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El Supremo exime de responsabilidad a la Junta en el vertido de Aználcollar

Por su parte, ha culpado a la empresa titular de la explotación minera, Boliden, del vertido tóxico producido en 1998

Madrid

En la sentencia, el Tribunal Supremo rechaza el recurso interpuesto por las explotaciones Casa Quemada y Herrería la Mayor contra la sentencia dictada por el TSJA, en la que desestimaba la pretensión de los recurrentes sobre la posible responsabilidad de la Junta en la rotura de la balsa

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha eximido a la Junta de Andalucía de responsabilidad patrimonial alguna en el vertido tóxico producido en 1998 por la rotura de la balsa minera de Aznalcóllar, señalando en este sentido que era de Bolidem Apirsa S.L. el deber de mantener la balsa en las adecuadas condiciones de seguridad, y ha sido la omisión de este deber lo que ha llevado al tribunal a culpar a la titular de la expltación minera del vertido tóxico producido en 1998.

En la sentencia, el Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por Explotaciones Casa Quemada S.A. y Herrería La Mayor S.A. contra la sentencia dictada el 23 de julio de 2009 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que desestimó la pretensión de los recurrentes en cuanto a la posible responsabilidad patrimonial de la Junta en la rotura de la balsa minera, que supuestamente provocó daños en la finca donde se asentaban ambas entidades.

Recordar que en noviembre el Supremo anuló el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta que, en su día, acordó que la empresa debía pagar los casi 90 millones que costó la recuperación ecológica de la zona, alegando que esta reclamación debería haberse hecho mediante vía judicial y no por acuerdo de gobierno.

 
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