Imponen 16.000 euros de fianza al abogado que denunció al juez Serrano
En los próximos meses será juzgado por un presunto delito de violencia
El letrado acusado ha solicitado al Juzgado defenderse a sí mismo en el juicio inicialmente fijado para los días 9, 10 y 13 de enero de 2012
El Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha impuesto una fianza de 16.000 euros al abogado que denunció al magistrado Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad para garantizar su salida como paje en una cofradía sevillana. El letrado será juzgado en los próximos meses por un presunto delito de violencia habitual contra su entonces esposa, hechos por los que la Fiscalía le pide tres años de cárcel.
En un auto dictado el pasado día 21 de diciembre, el magistrado Antonio Jesús Jiménez Alvarez rechaza el recurso de reforma interpuesto por el letrado acusado, Iñigo Moreno Lara, contra el auto en el que el juez acordaba imponerle una fianza de 16.000 euros, recordando que "la obligación de abono de la fianza y el importe de la misma venía acordada por el auto de apertura de juicio oral".
El abogado recurrió la imposición de esta fianza al entender que "se basa en afirmaciones gratuitas, estando pendientes de resolver ante el Tribunal Supremo recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal contra los pronunciamientos judiciales de los procesos matrimoniales civiles relativos a la situación patrimonial" del acusado. El juez rechaza el recurso y lo obliga a pagar una fianza de 16.000 euros, ya que los recursos "a los que se refiere el acusado en nada afectan al auto de apertura de juicio oral".
El acusado ha solicitado al Juzgado defenderse a sí mismo en el juicio inicialmente fijado para los días 9, 10 y 13 de enero de 2012. Según defiende el abogado que denunció al juez Serrano, "el hecho de que se obligue al acusado a nombrar otro letrado que le asista y defienda en el acto de la vista oral vulneraría dichos derechos fundamentales, sin que pueda acudirse a un juicio de ponderación para limitar dichos derechos alegando el que la denunciante pudiera verse afectada por las preguntas que hipotéticamente pudiera realizar el acusado al actuar como su propio letrado".
Tras ello, la Fiscalía se opuso a tal petición, ya que "el interrogatorio al que el acusado pudiera someter a las testigos, a su exesposa y a su hija podría generar una tensión no favorable a ninguna de las partes implicadas y al correcto desarrollo de la vista".




