La justicia madrileña prohíbe la procesión 'atea' del Jueves Santo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado en una sentencia la prohibición de la Delegación del Gobierno en Madrid de permitir la manifestación convocada para el próximo Jueves Santo
En su resolución, la Delegación prohibió la marcha "por su evidente voluntad de provocación" a los católicos, "sin perjuicio de que se comunique otra fecha en la que no concurran las circunstancias expuestas en la resolución".
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado en una sentencia la prohibición de la Delegación del Gobierno en Madrid de permitir la manifestación convocada para el próximo Jueves Santo por la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores y por la Asamblea Vecinal La Playa de Lavapiés.
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En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sección Novena desestima los recursos presentados por estas asociaciones contra la resolución dictada por la institución que dirige Cristina Cifuentes el 20 de marzo, fallo que confirma al no infringir el artículo 21 de la Constitución española.
Así, los magistrados estiman en la sentencia que se debe dar preferencia a las manifestaciones religiosas y entiende que está debidamente justificada la restricción del derecho de expresión por ser proporcional la medida adoptada.
La Sala esgrime que el día de Jueves Santo es una de las festividades clave en la religión católica no sólo por la celebración de actos litúrgicos en el interior de iglesias, sino por actos externos como son las procesiones.
"La festividad del día hace que los católicos acudan en mayor número y con mayor frecuencia a los lugares en que la festividad se celebra, existiendo, asimismo, la costumbre católica de visitar esa tarde y en la mañana del Viernes Santo diversas iglesias.