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El Consejo de Garantías Estatutarias determina que la reforma laboral vulnera la Constitución

El informe también detecta tres aspectos que invaden competencias de la Generalitat en materia de trabajo y relaciones laborales

(ACN)

El órgano consultivo de la Generalitat considera por unanimidad que, como mínimo los artículos 12 y 14 tienen preceptos inconstitucionales, reinterpreta los 3 y 4, y añade que varios aspectos de la reforma invaden competencias de la Generalitat.

El órgano consultivo de la Generalitat considera por unanimidad que como mínimo los artículos 12 y 14 tienen preceptos inconstitucionales, reinterpreta los 3 y 4, y añade que varios aspectos de la reforma invaden compete? Preferencias de la Generalitat.

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El dictamen establece así que el artículo 12 de la reforma laboral - sobre modificación sustancial de las condiciones de trabajo - vulnera en sus apartados uno y dos del artículo 86.1 de la Constitución, al igual que los apartados uno, tres y seis del artículo 14 - sobre negociación colectiva.

El Consejo, cuyos dictámenes no son vinculantes tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto de Cataluña, entiende así que estos preceptos vulneran la Constitución porque el Gobierno central no puede dictar decretos ley que afecten "el ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título Primero, el régimen de las Comunidades Autónomas, ni al Derecho electoral general ".

Los apartados uno y dos del artículo 12 modifican la Ley del Estatuto de los Trabajadores y permiten a la dirección de la empresa modificar sustancialmente condiciones de jornada, sueldo y horarios "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción ", pudiendo incluso modificar el contrato de trabajo y los convenios colectivos.

El órgano consultivo concluye también que estos preceptos podrían vulnerar los artículos 24.1 y 37.1 de la Carta Magna, por los que toda persona tiene derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales al ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, y "garantiza el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la forma vinculante de los convenios".

También vulnera estos artículos de la Constitución del apartado uno del artículo 14 de la reforma, que permite a la empresa no aplicar lo establecido en el convenio si hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Según el Consejo, este apartado vulnera también las competencias de la Generalitat sobre trabajo y relaciones laborales previstas por el Estatuto.

El apartado tres del artículo 14 establece que el convenio de empresa prevalecerá ante el convenio sectorial estatal, autonómico o del ámbito inferior en cuestiones como el salario base y los complementos, el horario y las medidas para favorecer la conciliación, mientras que el apartado seis de este mismo artículo fija la renovación directa del convenio colectivo vigente si éste caduca sin acuerdo entre empresa y trabajadores, por lo que el Consejo los ve también fuera de la Constitución.

Invasión de competencias

Además del apartado uno del artículo 14, el Consejo Consultivo advierte que también se vulneran competencias de la Generalitat en los apartados dos y cuatro de las disposiciones transitorias séptima y octava, y al el apartado 1 de la disposición adicional octava del Real Decreto.

Para el Consejo, se vulneran competencias catalanas de trabajo y relaciones laborales en estos artículos, que otorgan al Servicio Público de Empleo Estatal funciones ejecutivas en el ámbito de contenidos formativos en los centros de formación y a la adjudicación de subvenciones para financiar planes de formación.

Recurso al Tribunal Constitucional

Tras el dictamen del Consejo, que no es vinculante, está por ver cómo actúa el Gobierno, que podría recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) a pesar de que CiU votó a favor de la convalidación del decreto en el Congreso. Cabe recordar que CiU y los partidos de izquierdas llevaron la reforma al Consejo, aunque la federación nacionalista catalana preguntaba sólo por los aspectos que pudieran invadir competencias.

Otro mecanismo posible es que el Parlamento apruebe por mayoría llevar el Real Decreto-ley ante el Alto Tribunal, aunque serían necesarios también los votos de CiU.

 
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