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Agustín Pavón, Fraile, Del Castillo y Gaviño declarados culpables de un delito de cohecho

El jurado, por unanimidad, considera que el exalcalde de Camas, los exconcejales y el empresario intentaron comprar el voto de una concejal para que votara a favor de determinados proyectos urbanísticos

Agustín Pavón, exalcalde de Camas por Izquierda Unida, Antonio Enrique Fraile y José del Castillo, exconcejales, uno por el PP y otro por el Partido Andalucista, y el empresario Eusebio Gaviño han sido declarados culpables, por unanimidad, de intentar comprar el voto de la concejal Carmen Lobo para que votara distintas recalificaciones urbanísticas. Las nueve mujeres del jurado basan su veredicto en la credibilidad de las declaraciones de los denunciantes, Carmen Lobo y Francisco Gordo, en las cintas que grabaron y que han servido de prueba y en las declaraciones de los policías que vieron como el empresario entregaba, como previo pago, 12.000 euros a la exconcejal. La Fiscalía pide 18 meses de cárcel y el pago de 24.000 euros de multa para Agustín Pavón (IU), el exconcejal del PP Antonio Enrique Fraile, el exedil del PA José del Castillo y al empresario Eusebio Gaviño.

Tras conocer el fallo, el exalcalde de Camas, ha dado por hecho que dejará la militancia en Izquierda Unida.

El jurado ha dicho que no es partidario de que se les conceda el indulto pero sí de que no entren en prisión, si es posible, porque la pena será inferior a dos años de cárcel. Los hechos ocurrieron en 2005.

La iniciativa del soborno partió de los propios acusados, según declara probado el jurado, que reconoce las "motivaciones personales" y el "enfrentamiento político" entre Pavón y los denunciantes. Enfrentamiento desde que Izquierda Unida de Camas expulsó a Carmen Lobo porque la exconcejal había sido condenada por la Audiencia de Sevilla por un delito de estafa procesal.

El jurado ha considerado probado, por unanimidad, que el equipo de gobierno de Camas había quedado en minoría con la salida de Lobo y que los cuatro acusados "se concertaron" a mediados de 2005 para obtener el voto favorable de la concejal a determinados proyectos urbanísticos "a cambio de contraprestaciones económicas".

Para ello, el 12 de septiembre de 2005 Gaviño se entrevistó con ella en un bar de la calle Torneo de Sevilla y le entregó un sobre con 12.000 euros y una nota manuscrita, redactada por Fraile, con los puntos que debía votar en el pleno municipal del día siguiente. Puntos a los que ella votó en contra porque había denunciado los hechos en el juzgado.

El jurado considera probado que los cuatro acusados se reunieron en la casa del empresario de Bormujos para "limar asperezas" con Francisco Gordo.

El jurado dice que su veredicto que Gaviño prometió a Lobo "un piso en la playa que se pondría a nombre de alguien de su confianza" y cantidades de dinero que solucionarían su vida, la de su hija "y la de 20 generaciones más". Y le dijo también, refiriéndose a los políticos: "tú no te preocupes que ellos van servidos".

Los abogados de las defensas han dicho que estudiarán recurrir la sentencia, que redactará el magistrado presidente de este jurado, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

 

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