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Una Ley sin Reglamento desde hace quince años

La Ley de Espectáculos, aplicable en el caso Madrid Arena, continúa sin disponer de la norma jurídica que debe desarrollarla

La Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, de 1997, lleva quince años sin desarrollar un Reglamento. La propia Ley reconoce las carencias de la normativa anterior. La Comunidad de Madrid sostiene que no ha cometido ninguna irregularidad porque la Ley no necesita ningún Reglamento unificado.

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Sin Reglamento sigue la Ley regional de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobada hace quince años por el Gobierno de Gallardón. Durante todo este tiempo, la Comunidad de Madrid no ha considerado oportuno sacar adelante esa norma jurídica subordinada a la Ley. Y todo ello, a pesar de que en el Preámbulo de la propia Ley se admite sin rodeos que "la aplicación del Reglamento anterior tenía notables deficiencias y lagunas". "El Gobierno regional, antes con Aguirre y ahora con González, lo que hace siempres es dejar hacer. Es extremadamente peligroso porque se vulnera la seguridad y la protección de las personas", afirma Amparo Valcarce, diputada regional del PSOE.

La Ley de 1997 afirma expresamente que la "protección de la infancia y de la juventud exige el establecimiento de garantías para evitar que las actividades lúdicas, se desvirtúen hasta convertirse en un peligro para la salud y la seguridad de los niños y jóvenes". La avalancha mortal en el Madrid Arena ha llevado al PSOE a exigir una reforma de la Ley en profundidad. Sobre todo, añada Valcarce, en cuanto a "seguridad y protección ciudadana, además del régimen sancionador, para evitar que empresarios como Miguel Ángel Flores sigan organizando ese tipo de eventos".

Se de la circunstancia, además, de que la Comisión Consultiva, encargada de realizar informes sobre los reglamentos específicos, además de elaborar propuestas y recomendaciones sobre los espectáculos públicos y las actividades recreativas, fue suprimida por Esperanza Aguirre en 2010. En esta Comisión Consultiva había representación de la Comunidad de Madrid y de los Ayuntamientos, además de Bomberos, Protección Civil, oposición, sindicatos, empresarios, y organizaciones vecinales, juveniles y de padres.

La versión de la Comunidad de Madrid es que la inexistencia de un Reglamento no supone ninguna irregularidad. Desde la consejería de Presidencia y Justicia nos dicen que no hace falta ningún Reglamento unificado, ya que la Ley, según explican, se puede ir desarrollando con normativas puntuales, como ha ocurrido con los horarios o los porteros de discoteca. Sostienen que, aún sin Reglamento, la Ley es válida jurídicamente. Paradójicamente es la propia Consejería la que en las actividades para 2013, incluidas en los Presupuestos, se plantea como objetivo elaborar el Reglamento que tienen pendiente desde hace quince años.

 
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