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Juez por referéndum

Los vecinos de Villanueva de Algaídas decidirán en las urnas quien ocupará el cargo de juez de paz ante la avalancha de 10 candidatos interesados en ocupar este cargo

El Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas hará una consulta popular para elegir a la persona que ocupará el puesto de juez de paz en el municipio para los próximos cuatro años.

Será el día 10 de noviembre, desde las once de la mañana hasta las siete de la tarde, cuando los algaideños depositen su voto en una urna que será instalada en la casa de la cultura.

Podrán votar todas las personas mayores de 18 años que estén en el censo de habitantes de Villanueva de Algaidas y, para ello, será imprescindible ir provistos del DNI, carné de conducir o pasaporte.

A esta plaza optan 10 candidatos, incluyendo la persona que ostenta el cargo actualmente y cuyo plazo de mandato está próximo a expirar. Según el alcalde, José Cabrera, lo habitual y lo que normalmente se viene haciendo es que sea el pleno del Ayuntamiento el que designe a la persona que ocupará este cargo, pero considera que la consulta popular es la forma más democrática y transparente de hacerlo, de nombrar tanto al titular como al sustituto.

"Teniendo en cuenta que se han presentado numerosas solicitudes, hecho poco frecuente, lo más razonable y participativo es que sean nuestros habitantes, entre los que tendrá que intervenir de forma directa y conciliadora el próximo juez de paz para resolver cuestiones de relevancia menor, los que decidan", ha destacado el regidor.

La decisión final deberá ser ratificada en pleno y la intención del equipo de Gobierno es respetar la elección de los ciudadanos.

El alcalde ha mantenido una reunión previa con todos los candidatos para darles información de su propuesta y éstos la han visto procedente.

El juez de paz deberá resolver conflictos dentro de la comunidad de forma justa e imparcial. Y entran dentro de sus funciones, entre otras, conocer en el orden civil y penal de los procesos cuya competencia les corresponde por ley; la expedición de certificaciones de nacimiento, matrimonio o defunción; expedición de las fe de vida y estado; tramitación de expediente de matrimonio y celebración de bodas; inscripción de matrimonio civil o religioso, celebrado en el municipio; inscripción del nacimiento de un hijo o la inscripción de defunción en dicho municipio.

 

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