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El Supremo condena a 7 años de cárcel a Del Nido y a Julián Muñoz por el 'caso Minutas'

El alto tribunal confirma en lo esencial la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga contra el presidente del Sevilla y el excalcalde de Marbella aunque les retira el delito de fraude

José María del Nido, presidente del Sevilla

El Tribunal Supremo ha condenado a 7 años de cárcel al presidente del Sevilla, José María del Nido, y al exalcalde de Marbella, Julián Muñoz, por el 'caso Minutas'. El alto tribunal confirma en lo esencial la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Málaga, reiterando que Del Nido facturó millones de euros al consistorio marbellí por servicios jurídicos que nunca se prestaron, rebajando en medio año su condena al retirarle el delito de fraude.

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El Tribunal Supremo ha condenado a 7 años de prisión al presidente del Sevilla, José María del Nido, y al exalcalde de Marbella, Julián Muñoz, por el 'caso Minutas'. Los jueces del alto tribunal consideran probado que Del Nido estuvo facturando millones de euros al consistorio marbellí entre 1999 y 2003 por servicios jurídicos que nunca llegó a prestar, y confirman que tanto él como Julián Muñoz incurrieron en delitos de malversación y prevaricación. Esto significa que el presidente del Sevilla tendrá que ingresar en prisión a menos que presente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y el Supremo decida suspender de forma cautelar la ejecución de esta sentencia, algo que no es habitual en condenas superiores a los cinco años de cárcel.

La sentencia confirma en lo esencial lo que ya dictó la Audiencia Provincial de Málaga, aunque rebaja en medio año la condena impuesta por retirarles el delito de fraude que también se les atribuía. Las condenas impuestas a Del Nido y a Muñoz incluyen acarrean también inhabilitación para ejercer el cargo público: diez años para el exalcalde y cinco y medio para Del Nido.

El Tribunal Supremo rechaza los argumentos de la Fiscalía, que buscaba ampliar la condena de Del Nido por entender también que incurrió en un delito de falsedad documental por creer que los formularios que crearon las minutas que cobró eran también irregulares. También desestiman los jueces la pretensión de la Fiscalía de condenar a Del Nido por deslealtad profesional: el Ministerio Público pretendía aumentar su condena porque mientras él defendía al Ayuntamiento de Marbella, abogados de su mismo despacho ejercían la defensa de los supuestos responsables.

Minutas "irregulares, innecesarias, improcedentes e injustificadas"

El Tribunal Supremo no tiene dudas de que fue Julián Muñoz, en calidad de teniente de alcalde de Marbella, quien consiguió que Del Nido cobrar estas minutas de forma irregular: "Dictó resoluciones lógicamente prevaricadoras que planificadamente pretendían encubrir con minutas irregulares, innecesarias, improcedentes e injustificadas, un expolio al Ayuntamiento de Marbella". Todo esto, al contrario de lo que defendía Muñoz, "sin ningún condicionamiento por parte de Jesús Gil", pretendiendo el condenado parecer un mero instrumento en manos del fallecido, algo que el Supremo desestima de plano. Sobre la responsabilidad de Jesús Gil, los jueces conceden que "es indudable que el marco para efectuar el expolio del consistorio fue obra en todo o en parte de Jesús Gil", pero igualmente señala que no se le puede atribuir todo el protagonismo.

"Ingente arsenal probatorio"

La implicación de los condenados en los hechos no es algo que merezca dudas ante el Tribunal Supremo: los jueces hablan en todo momento del "ingente arsenal probatorio" del que se valen la Fiscalía y la sentencia recurrida. En cuanto al delito de fraude, del que absuelven tanto a Julián Muñoz como a José María del Nido, el Tribunal Supremo considera que su condena ya se encuentra incluida en el de malversación: "Es obvio que si el concierto es para malversar, ello ya implica un concierto para defraudar, que constituye la esencia del delito del fraude".

 
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