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El Supremo confirma la absolución del presunto autor de los incendios de Galapagar en 2009

Los jueces niegan que tenga que repetirse el juicio contra el acusado, que fue absuelto por un jurado popular

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del acusado de haber provocado varios incendios en la sierra madrileña de Galapagar en agosto de 2009, negando que deba repetirse el juicio contra él. Fue absuelto por un jurado popular, y la Audiencia Provincial de Madrid ordenó que se repitiera el juicio contra él, algo que ahora niega el Tribunal Supremo.

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El Tribunal Supremo ha negado que deba repetirse el juicio contra el acusado de haber incendiado la sierra madrileña de Galapagar en agosto de 2009, confirmando de esta manera su absolución por parte de un jurado popular. El acusado fue absuelto por un jurado popular, pero posteriormente la Audiencia Provincial de Madrid ordenó repetir el juicio con un tribunal distinto, a instancias de la Fiscalía.

Ahora son los jueces de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo quienes estiman el recurso presentado por el acusado contra esta decisión, revocando la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid y avalando su absolución inicial. El alto tribunal avala el razonamiento que hizo entonces el jurado popular, cuyos miembros, por mayoría de 6 votos frente a 3, no estimaron que las pruebas contra el acusado fueran suficientes para inculparle.

Siete incendios distintos en Galapagar

Los hechos enjuiciados tuvieron lugar en la mañana del 8 de agosto de 2009, en la sierra madrileña de Galapagar. Ardieron, en total, 446 metros cuadrados en siete lugares diferentes de varias fincas rústicas de la zona. El acusado fue identificado por los agentes de la Guardia Civil, y según figura en la sentencia del Tribunal Supremo "tras prestar declaración utilizó la copia de su declaración para prenderla fuego e iniciarse un fuego en los pastos". Para la extinción de los incendios, tuvieron que emplearse dos helicópteros del cuerpo de bomberos de Madrid.

La sentencia cuenta con un voto particular contrario del magistrado Antonio del Moral, quien considera que el recurso del acusado debió ser desestimado, por opinar que el Tribunal Supremo no debió entrar a valorar si el veredicto del jurado popular fue arreglado a derecho: "No deberíamos haber entrado a conocer de la cuestión que indirectamente se nos planteaba: si la justificación del veredicto de no culpabilidad superaba los estándares constitucionales".

 
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