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Andalucía recibirá 3.383,42 millones con cargo al FLA en 2014

La Junta critica las condiciones ''leoninas'' impuestas por el Gobierno a las comunidades para poder optar a estas ayudas. Andalucía las destinará a vencimientos de deud a y pago a proveedores

El FLA, Fondo de Liquidez Autonómico, es un mecanismo de carácter temporal y voluntario creado en 2012 con el objetivo de facilitar a las comunidades autónomas la liquidez necesaria para atender el pago de los vencimientos de la deuda y otras necesidades

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado este martes aceptar las condiciones para la aplicación del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) en el presente año 2014, ejercicio en el que la comunidad recibirá 3.383,42 millones por este concepto, según el acuerdo adoptado por la Comisión Delegada de Asuntos Económicos el pasado 16 de enero.

Así lo ha anunciado este martes el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Angel Vázquez, en la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Consejo de Gobierno, durante la que ha detallado que 1.969 millones se destinarán a vencimientos de deuda y los 1.414,05 millones restantes a otras necesidades como el pago a proveedores.

Vázquez ha recordado que el FLA, al que Andalucía se acoge por tercer año consecutivo, no es un "regalo", sino que se trata de un préstamo que las comunidades autónomas formalizan con el Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y por el que "se paga un tipo de interés". Ha criticado las condiciones cada vez "más duras" y "leoninas", que la Junta no comparte, que se establecen para las comunidades a la hora de acogerse al FLA.

Según la información facilitada por la Junta, entre otras condiciones para el acceso al fondo, las comunidades se comprometen a utilizar los recursos conforme a las prioridades de atender los vencimientos de los valores emitidos, de los préstamos concedidos por instituciones europeas de las que España es miembro y de las operaciones que no puedan ser refinanciadas o novadas, así como cubrir las necesidades de financiación del déficit público de 2014 (principalmente pago a proveedores, transferencias a asociaciones sin ánimo de lucro, ayudas vinculadas a la atención a la dependencia y como subvenciones, transferencias y resto de operaciones a entidades locales y universidades).

Asimismo, se considera prioritario el abono de las liquidaciones negativas del sistema de financiación, así como otros vencimientos que las comunidades deban pagar en 2014 a la Administración General del Estado, al Instituto de Crédito Oficial y al fondo para la financiación de los pagos a proveedores.

Como en anteriores ocasiones, el Estado concertará las operaciones de crédito con cada una de las comunidades y será la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la encargada de fijar el plazo del vencimiento, el tipo de interés (que se conocerá en el momento de la firma) y los periodos de carencia y de liquidación de intereses y amortización, así como el resto de condiciones financieras aplicables a los créditos. El Estado, en nombre y por cuenta de cada comunidad, gestiona con cargo al crédito concedido y a través del ICO el pago de los vencimientos de deuda pública, así como los vinculados a proveedores y otras obligaciones de pago presentadas por las comunidades.

 

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