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La Diputación asume más de 1 millón de euros por impago de residencias

Según los datos que ha facilitado el ente foral a Radio Bilbao, hasta el 31 de marzo de este año son 514 las personas que no han podido hacer frente al pago de su plaza en una residencia

De los casi 2 millones de deuda, se estima que más de 1 no será recuperable ya que corresponde a personas cuyos ingresos, fundamentalmente pensiones, o no llegan al salario mínimo interprofesional o lo superan en cantidades pequeñas.

Actualmente, la Diputación de Bizkaia contabiliza 514 deudores por aplazamiento de pago, por no poder hacer frente al pago de su plaza en una residencia. De ellos, en plazo para pagar son un total de 177.932 euros, en plazo cumplido, acumulado, 1.504.662 euros. En total sumamos 1.682.594 euros.

De ahí, 368.294 euros esperan cobrarlos ya que sus deudores han solicitado el aplazamiento de pago, han manifestado por tanto su intención de pagar, pero en un plazo más amplio. Fuentes de la Diputación reconocen a Radio Bilbao que aquí se dan casos cada vez más habituales de mayores que piden aplazar pagos de 100 euros, de una cantidad muy pequeña, pero las dificultades para ahorrarla motivan solicitar ese retardo. ¿Qué plazo existe de aplazamiento? Según la Diputación no hay fecha tope. Si se pide en periodo voluntario de pago, en el mes desde la notificación de la liquidación, no lleva siquiera recargos. Si se pide después, lleva recargos y los intereses que se hayan devengado hasta la fecha de solicitud y no se levantan los embargos que se hayan podido efectuar.

En segundo lugar, 282.511 euros dependen de los herederos de esos mayores, ya que, una vez fallecen, se exige a ellos esa deuda, pero para eso es necesario que acepten la herencia. De no ser así, es otro tanto a sumar a la deuda acumulable que recoge la Diputación

Y en tercer lugar, está la mayoría, con plazo vencido fundamentalmente: personas cuyos ingresos, fundamentalmente pensiones, o no llegan al salario mínimo interprofesional o lo superan en cantidades pequeñas, es es: no se puede embargar nada o se embargan cantidades muy bajas, las que superan el importe inembargable.

 

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