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La UPV rompe el contrato con la empresa responsable de la obra en la que falleció un trabajador

La universidad ha aprobado una resolución en la que señala que que el trabajador fallecido no fue contratado de manera legal y que la subcontrata que le encargó el trabajo no fue autorizada por la UPV

El trabajador fallecido cayó desde una altura de 25 metros el pasado 20 de mayo((@Silvia_Gar_Az (Twitter)))

El trabajador fallecido cayó desde una altura de 25 metros el pasado 20 de mayo

La UPV-EHU aprobaba el pasado 16 de junio una resolución por la que inicia el procedimiento de resolución del contrato que mantenía con Gaimaz, la empresa adjudicataria de las obras de la biblioteca central del Campus de Leioa donde el pasado 20 de mayo fallecía un trabajador tras caer desde una altura de 25 metros. La resolución concluye graves irregularidades en el desarrollo de los trabajos

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La UPV ha iniciado el procedimiento necesario para resolver el contrato que mantenía con la empresa Gaimaz Infraestructuras y Servicios S.A. encargada de llevar a cabo las obras en la Biblioteca central del Campus de Leioa donde el pasado 20 de mayo fallecía un trabajador tras caer desde el lucernario.

La universidad tomaba la decisión el pasado 16 de junio tras aprobar una resolución firmada por la Vicegerente de Patrimonio y Contratación de la UPV, Cristina Dañobeitia, en la que se recogen graves irregularidades en el funcionamiento de la obra. En concreto la resolución recoge que, analizadas las circunstancias del accidente, se ha concluido que el fallecido no era un trabajador de la empresa adjudicataria ni de ANBASA, la única subcobtratación notificada y autorizada por la UPV.

Además el texto recoge que el trabajador fallecido no había sido contratado de manera legal, ni como asalariado, ni como subcontratista. Por todo ello la UPV entiebnde que la empresa Gaimaz ha incumplido de manera muy grave las condiciones contractuales acordadas, así como las relativas a las de seguridad y salud, de subcontratación y las que correspondían en materia de Seguridad Social para con el trabajador fallecido, por lo que entiende que no procede continuar con la relación contractual.

La resolución dispone también un plazo improrrogable de 10 días para que Gaimaz presente cuantas alegaciones estime conveniente aunque también subraya que la resolución srtirá efecto desde el mismo día de la notificación.

 

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