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El TSJ anula la parte del decreto Vela que redujo el salario de los interinos

La sentencia da la razón a los trabajadores al considerar que la medida fue discriminatoria

VALENCIA

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado a la Generalitat abonar a 50 funcionarios interinos al servicio de la administración autonómica las cantidades que dejaron de percibir por la reducción de jornada impuesta por el conocido como decreto Vela, que anula al igual que su consiguiente minoración retributiva.

En la sentencia, formulada con un voto particular, estima el recurso de apelación interpuesto por estos trabajadores contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia y declara que la resolución de 27 de febrero de 2012 de la Dirección General de Recursos Humanos de la Generalitat vulnera el derecho de igualdad de trato de éstos en el desempleo de sus funciones públicas, por lo que decreta su nulidad y se reconoce como situación jurídica individualizada de los recurrentes el restablecimiento de su derecho vulnerado.

El tribunal considera que la interpretación de la ley autonómica 10/2010 que se invoca para justificar esa reducción a los interinos, cuya operatividad "viene restringida a los supuestos en que lo requieren las circunstancias de la prestación del servicio, y no razones de contención del déficit", supone "un efecto discriminatorio del trabajador temporal prohibido por la Directiva 1999/70/CE", que tiene por objeto la aprobación de un acuerdo marco que garantice la igualdad de trato a los trabajadores con contrato de duración determinada.

Argumenta, en este sentido, que impone una reducción de jornada y salario "sin que conste la adopción de una medida de similar naturaleza y objeto con relación a los funcionarios de carrera" y que, además, "no se trata tampoco de una medida vinculada a una reducción del contenido funcional de los puestos de trabajo desempeñados" por éstos.

En su voto particular, el magistrado Miguel Soler expone que "debió o desestimarse el recurso o, en su caso, suscitar la duda de constitucionalidad del artículo 3.1 de decreto-ley, por posible vulneración de los artículos 14 y 23.2 de Constitución", cuya relevancia considera "evidente para resolución del recurso".

MOLLÀ: "ES UN NUEVO VARAPALO JUDICIAL AL PP"

Por su parte, la diputada de Compromís Mireia Mollà opina que se trata de "un nuevo varapalo judicial a la acción del gobierno del PP al que se le advirtió de la ilegalidad del decreto" y ha reprochado al Consell que, pese a las advertencias de organizaciones sindicales, "ha persistido en su pretensiones" y "ahora se le vuelve en contra".

En un comunicado, ha indicado que "las estimaciones de los pagos que tendrán que abonar es complicada de hacer de manera inmediata, pero es evidente que serán muchos millones, más los intereses de demora".

A juicio de Mollà, el entonces conseller de Hacienda, José Manuel Vela, "debería asumir personalmente las consecuencias de esta sentencia porque sabía perfectamente que era ilegal lo que estaba haciendo".

 

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