Esperanza Aguirre será juzgada por desobediencia a la autoridad
La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido que la presidenta del PP madrileño sea juzgada por un delito y no por una falta, como decidió el juez de instrucción
Esperanza Aguirre será juzgada por un delito de desobediencia pasiva grave por hacer caso omiso a las órdenes de los agentes de la policía municipal de Madrid y huir después del lugar de la infracción.
La Audiencia Provincial de Madrid es muy dura en la descripción de cómo la expresidenta de la Comunidad de Madrid violó presuntamente la ley y cometió presuntamente el delito de desobediencia que está castigado con una pena de prisión desde seis meses a un año, acompañada de multa.
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El tribunal dice que la desobediencia de Esperanza Aguirre fue "tenaz, contumaz, rebelde, decidida y terminante", acompañada de múltiples actos concretos de desobediencia incluso con menosprecio, por los insultos a los policías.
La sala destaca que la gravedad de los desplantes a los agentes de la policía se incrementa porque tuvieron lugar en la vía pública.
El tribunal ordena al juez que cambie el procedimiento con esta causa y en lugar de investigarlo como una falta lo haga como un delito, lo que implicara la declaración ante el juez de la imputada Aguirre y la celebración de un juicio. Los jueces de la Audiencia Provincial no prejuzgan la realidad de los hechos descritos por los agentes.
Los jueces la dan la razón a la asociación Trasparencia y Justicia y consideran que está perfectamente legitimada para ejercer la acusación popular porque pueden tener una percepción de la defensa de los intereses sociales, alternativa a la que tenga el Ministerio Fiscal.
Los magistrados aseguran que hay que defender y proteger el buen funcionamiento de los servicios públicos y la necesidad de toda sociedad al proteger la actuación de sus agentes público.
La Fiscalía de Madrid se había opuesto a investigar este asunto como un delito porque no tiene la suficiente entidad y proponía que procesalmente lo correcto es tramitar el incidente como un juicio de faltas, tal y como acordó el titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, Carlos Valle.
Tanto el magistrado como la Fiscalía entienden que el incidente no implica un delito, sino una falta de desobediencia leve al no apreciar delito de resistencia a la autoridad. Por su parte, la expresidenta de la Comunidad se defiende en Twitter:
Las faltas de desobediencia leve están castigadas con una multa de diez a sesenta días, mientras que un delito de desobediencia grave está penado con prisión de seis meses a un año.
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Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...