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La Audiencia se remite a normas urbanísticas de 1975 para absolver a un vecino de Guaro

Había sido condenado a seis meses de prisión y a que derribara la casa que construyó en 2006

Ayuntamiento de Guaro / Ayuntamiento de Guaro

Ayuntamiento de Guaro

Málaga

Todo un reguero de fallas y retrasos en la publicación o elaboración de las normas urbanísticas permiten absolver a este vecino.

Construyó en 2006 una vivienda de 85 metros cuadrados en una parcela de 4.400 en un paraje aislado. Un juzgado de la capital lo condenó a seis meses de prisión y a que derribara la casa al considerar que se encontraba en suelo rural no urbanizable.

Pero la Audiencia lo absuelve porque considera que , cuando levantó la vivienda, no era aplicable las normas urbanísticas de Guaro redactadas en 2001 porque no fueron publicadas ni el plan urbanístico de la localidad aprobado en 2009, ya que era posterior a la construcción, así que tiene que echar mano la Sala del planeamiento vigente que no era otro que las Normas Complementarias y Subsidiarias aprobadas en 1975 y publicadas en 1978 que, en realidad, nada especificaba sobre el terreno en el que está ubicada la vivienda por lo que atendiendo a esta circunstancia la Audiencia absuelve al procesado y no tendrá que derribar su casa.

Ignacio San Martín

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales y motor. Responsable de 'Autoradio', programa decano...

 
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