La justicia rechaza la dispersión de los trabajadores de Coca-Cola readmitidos
La Audiencia Nacional declara irregular la dispersión de los trabajadores en centros de trabajo distintos al de Fuenlabrada y les exime de ir a trabajar


Madrid
La Audiencia Nacional ha emitido un auto en el que declara irregular la forma en que Coca-Cola ha readmitido a sus trabajadores de Fuenlabrada después de la sentencia que anuló el ERE de 2014: los jueces no aceptan la dispersión de los trabajadores, que han sido readmitidos en otros centros de trabajo de toda España, y les exime de ir a trabajar al mismo tiempo que obliga a la compañía a pagarles el sueldo hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos. “Concluimos que las condenadas no han cumplido completamente la obligación de readmisión para todos los demás, incluyendo los veinte que se han reincorporado a sus nuevos destinos”, señalan los magistrados.
En su auto, la sala se explica en términos contundentes, señalando que en todos los documentos anteriores los jueces “dejamos perfectamente claro que, si los condenados optaban por la readmisión, debería producirse en las mismas condiciones anteriores al despido”, y no en un centro de trabajo distinto como ha pretendido la empresa.
La medida que toman los jueces es eximir a los trabajadores que no han sido readmitidos en las mismas condiciones de tener que ir a trabajar, así como obliga a Coca-Cola a seguir pagándoles el salario hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos presentados contra la sentencia.
Al mismo tiempo, los jueces rechazan que Coca-Cola deba ser sancionada por temeridad, ya que entiende que “la decisión empresarial no es temeraria por sí misma, ya que las empresas condenadas cumplieron, si bien parcialmente, lo acordado al haber devenido imposible la readmisión en sus propios términos”:




