Tribunales

Los nudistas de Platja d’Aro llevaran su caso a Estrasburgo

El Tribunal Supremo ha confirmado que no se puede practicar el nudismo en Platja d’Aro (Girona) pero los afectados no se dan por vencidos y quieren llevar el caso a la justicia Europea

Platja gran de Platja d'Aro on l'Ajuntament prohibeix fer nudisme / Xavier Pi ACN

Castell-Platja d'Aro

El Club catalán de Naturismo llevará al Tribunal Europeo de Derechos Humanos la sentencia del Supremo que permite al Ayuntamiento de Platja d'Aro prohibir el nudismo en sus playas.

Lamentan que el Supremo considere que el nudismo puede alterar la convivencia local porque cree que eso es tanto como considerarlos incívicos.

La ordenanza municipal del 2009 permite el nudismo en una sola playa. Pero los naturistas quieren que su derecho a ir sin ropa se pueda ejercer en cualquier playa.

El Supremo ha rechazado el recurso del Club Catalán de Naturismo que acusaba al Ayuntamiento de limitar la libertad ideológica con una prohibición que prevé multas de entre 150 y 300 euros para los nudistas.

El Tribunal Supremo considera, y así lo recoge en la sentencia, que el nudismo no se ampara en el derecho de libertad ideológica. Por lo tanto, confirma que el Ayuntamiento tiene plena competencia para prohibir ir desnudo en sus playas.

De este modo, el Supremo ratifica la anterior sentencia del Tribunal Superior de Justicia de 2013 que ya daba la razón al Ayuntamiento y desestimaba el recurso del Club Catalán de Naturismo contra la ordenanza que se aprobó en 2009, que prohíbe el nudismo y prevé multas de entre 150 y 300 euros por los que vayan desnudos por la playa.

El Supremo recuerda que la normativa municipal de Playa de Aro considera que las playas son de uso familiar y, por tanto, hacer nudismo puede "alterar la convivencia local" dice literalmente el alto tribunal. Además, añade que no es una prohibición desproporcionada.

 
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