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Se pueden constituir las comisiones, según los servicios jurídicos del Parlamento

Tendrán limitadas sus funciones reglamentarias hasta que se constituya un nuevo gobierno en Andalucía

Un informe de los servicios jurídicos de la Cámara andaluza establece que se pueden constituir las comisiones parlamentarias y la Diputación Permanente, pero, al contrario de lo que defiende Podemos, tendrán limitadas sus funciones reglamentarias hasta que se constituya un nuevo gobierno en Andalucía.

"El Parlamento de Andalucía no puede desarrollar, en su integridad, en Pleno y Comisión, las funciones que le son atribuidas constitucionalmente y estatutariamente hasta la constitución del nuevo Consejo de Gobierno", dicen los letrados del Parlamento a la cuestión que le ha planteado la Mesa. Pero lo anterior "no es razón jurídica suficiente para paralizar toda la actividad parlamentaria porque el Poder legislativo se amolda a cada situación", explica el dictamen.

En difinitiva, concluyen, habrá que estar "a los distintos y concretos supuestos dentro de los límites impuestos por la lógica y la razonabilidad". Es decir, procede aplicar el artículo 46.3 del Reglamento del Parlamento y constituir las Comisiones.

 

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