Condenan a una empresa por copiar diseños de vibradores
La parte denunciada debe pagar 600 euros y los beneficios obtenidos ilícitamente por la venta de los productos sexuales replicados
Alicante
El Tribunal de Marca Comunitaria ha confirmado una sentencia anterior que obliga a una empresa indemnizar a otra por los daños y perjuicios que le ha ocasionado y los beneficios que ha obtenido ilícitamente al copiar varios diseños de una gama de vibradores para mujeres y una denominación comercial.
La sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante, que tiene la última competencia para dirimir los litigios entre mercantiles por sus marcas, dibujos y diseños comunitarios en España, ha desestimado la apelación presentado por la firma demandada, Life is Short SL, y ha dado la razón a la demandante, Fun Factory Gmbh.
El fallo, al que ha tenido acceso Efe, resta validez a un informe pericial aportado por la firma infractora porque su autor, un ingeniero industrial, no se centró en la "impresión general de conjunto que le produce la comparación", sino en detalles, algunos de ellos irrelevantes para la comisión de la infracción, como la diferencia de precio entre unos y otros o el tipo de cierre de la tapa para las pilas.
Los magistrados recuerdan que el objeto de protección de la ley es "un modelo comunitario registrado es la representación del modelo susceptible de reproducción", por lo que se ha de utilizar para la comparación el diseño gráfico del producto y no tanto la forma del producto efectivamente comercializado.
Además, un ingeniero industrial, según añaden, es "un técnico o un experto", pero no un usuario medianamente informado que es al que, según la jurisprudencia, se dirigen los productos y al que hay que proteger frente a una posible confusión entre marcas.
El Tribunal de Marcas también ratifica la sentencia anterior del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante en el sentido de que Life is Short SL vulneró la legislación al usar en sus empaquetados de vibradores la leyenda "Love yourself", propiedad de Fun Factory, con la única variación del tipo de la letra.
De este modo, la demandada tendrá que cesar en la comercialización de sus consoladores identificados como 'Red Lover', 'Pink Baby' y 'Violet Sweet Heart', el uso de la leyenda 'Love yourself' e indemnizar a la propietaria de los registros de marca con 599 euros más un montante equivalente a los beneficios que obtuvo ilícitamente con la venta de dichos productos.