1.305 personas percibirán los atrasos por cuidados a dependientes
En junio de 2013 entró en vigor una ley de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas en la que se modificó el régimen de acceso a la prestación económica de cuidados a dependientes y de apoyo a cuidadores no profesionales

Cadena SER

Murcia
La Asamblea Regional ha convalidado esta mañana el decreto ley con el que se permitirá acceder a la prestación por cuidados en el entorno a los dependientes a 1.305 personas, que tenían reconocido este derecho desde antes de junio de 2013.
En junio de 2013 entró en vigor una ley de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas en la que se modificó el régimen de acceso a la prestación económica de cuidados a dependientes y de apoyo a cuidadores no profesionales. Esta medida afectó a las solicitudes anteriores a dicha fecha que aún no habían sido resueltas, lo que obligó a que más de un millar de personas en la Región se quedaran sin dicha prestación.
La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Violante Tomás, ha presentado en la Cámara este decreto-ley, aprobado el pasado 7 de octubre en Consejo de Gobierno. Se estima que con esta medida, los afectados por la supresión de la prestación perciban en su conjunto 5,8 millones de euros. Según Tomás, se "ha redotado de personal la sección de la dependencia" para atender estas solicitudes y proceder al pago de las ayudas, que se realizarán entre este año y 2016.
El decreto ley establece que a partir de ahora, si las solicitudes han sido resuletas negativamente por no cumplir los nuevos requisitos de acceso a esta prestación, se revoque dicha resolución y se reconozca la prestación solicitada siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la norma anterior.
Además de eso, el texto establece la periodificación de los atrasos derivados de los efectos retroactivos de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
Tomás ha aclarado que el cuidador no familiar, "ahora sí puede trabajar, mientras que antes no". A lo que ha añadido que si el dependiente se encuentra en un centro educativo "también se puede percibir esa prestación porque entendemos que están los fines de semana, están las vacaciones de Semana Santa y Navidad y debe cuidarlo. Es importante que las familias estén protegidas".
Del mismo modo, se regula el derecho de los herederos de los dependientes a reclamar los atrasos devengados y no percibidos cuando el afectado ha fallecido. Es decir, se recobra la posibilidad de que las comunidades hereditarias que hubieran tenido derecho a las prestaciones correspondientes, de conformidad con la normativa estatal, puedan reclamarlas.




