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El Defensor del Pueblo insta ‘acabar’ con el ruído de las terrazas en El Romeral

El informe realiza recomdaciones al Ayuntamiento de Málaga y no es vinculante

Cadena SER

Málaga

El Defensor del Pueblo Andaluz le recuerda al Ayuntamiento de Málaga que debe cumplir sus propias normativas, por lo que debe vigilar y sancionar a los bares de Plutarco, en el Romeral, que sobrepasen los niveles de ruido permitidos. Esta es la resolución del Defensor del Pueblo Andaluz:

RECORDATORIO 1: de la obligación legal de ejercitar de forma eficaz, diligente y conforme al principio de buena administración, las competencias que el artículo 25 de la LBRL atribuye a los municipios en materia de policía administrativa, control, vigilancia y disciplina de establecimientos públicos y actividades recreativas, control del tráfico y protección contra la contaminación acústica, con objeto de dar la suficiente protección al derecho al descanso de la ciudadanía frente al ruido generado por el desarrollo de actividades hosteleras y de la acumulación de personas usuarias de las terrazas que a tales actividades se les han autorizado.

RECOMENDACIÓN 1: para que, con urgencia, sin perjuicio de las medidas que a fecha de esta Resolución ya haya podido poner en marcha el Ayuntamiento de Málaga, se agilice todo lo posible, previos trámites legales oportunos, la declaración de ZAS de la zona objeto de este expediente de queja, con la adopción de las medidas que, en su caso, procedan.

RECOMENDACIÓN 2: -para el caso de que ese proceso no culmine con la declaración de ZAS, si no se cumplieran los requisitos para ello- para que se agilice en todo lo posible, previos trámites legales oportunos, la aprobación del plan de acción que pueda paliar la problemática de ruidos tratada.

RECORDATORIO 2 de la regulación normativa contenida en la Ordenanza de Ocupación de la Vía Pública de Málaga en cuanto a la posibilidad de reducir, limitar, e incluso dejar sin efecto, para determinadas zonas, el número de veladores autorizados cuando concurran razones de alteración de la pacífica convivencia o de molestias al vecindario o si existieren causas que lo hagan aconsejable a juicio de la Corporación.

RECOMENDACIÓN 3 para que, en todo caso, y con independencia de que se esta zona llegue a declararse ZAS o que, en su caso, se apruebe un plan de acción, se proceda: primero, con un previo diálogo con los representantes de las personas afectadas por esta problemática, a valorar la pertinencia de reducir, limitar e incluso dejar sin efecto, los veladores autorizados a los establecimientos que se ubican en las calles donde se producen más molestias por ruidos generados por actividades hosteleras y las terrazas a ellas vinculadas; segundo, a establecer un marco de actuación policial que vigile que las actividades se ajustan estrictamente a lo autorizado; y tercero, que se tramiten con diligencia, impulso y celeridad los expedientes administrativos sancionadores, así como la adopción y efectiva materialización de las medidas provisionales adoptadas.

Creemos, aún partiendo de la base de que este tipo de problemáticas son, en la práctica, difíciles de controlar, que el hecho de que se haya generado una situación compleja en la que confluyen diversos intereses de diferente índole y diversos derechos -derecho al descanso, derecho al ocio y derecho al libre ejercicio de una actividad económica-, no puede retrasar por más tiempo el que desde el Ayuntamiento de Málaga, en el ejercicio de las competencias legales que tiene atribuidas, se adopten de manera efectiva todas las medidas a su alcance para evitar que sigan vulnerándose derechos constitucionales y fundamentales de la ciudadanía. En este sentido, no deben ahorrarse esfuerzos en llevar a cabo acciones mediadoras entre los distintos colectivos afectados, pero, al mismo tiempo, no puede renunciarse al ejercicio eficaz y decidido de las competencias legales que tiene atribuidas para garantizar los derechos de la ciudadanía.

La presente Resolución, por las implicaciones que tiene para distintas áreas de ese Ayuntamiento, creemos que debe ser también remitida desde esa Delegación de Medio Ambiente, a la Policía Local, a GESTRISAM, al área o delegación competente para autorizar, limitar o reducir el número de terrazas de veladores autorizados, al área de promoción empresarial y empleo y a la Junta de Distrito, así como a cualquier otra área con implicación en materias afectadas, como movilidad o accesibilidad, a fin de que se valore lo que decimos y se actúe de forma coordinada entre todos los servicios municipales.

Jesús Sánchez Orellana

Jesús Sánchez Orellana

Director de contenidos de SER Málaga. Cubre además la información turística para la Cadena SER en Andalucía....

 

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