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JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL

La Junta Electoral sanciona a Alfonso Polanco por la inauguración de la Plaza Mariano Timón

El alcalde de Palencia deberá abonar una multa de 300 euros por la inauguración de la plaza tras convocarse las elecciones municipales

Inauguración de la plaza Mariano Timón / palencia.portaldetuciudad.com

Inauguración de la plaza Mariano Timón

Palencia

La Junta Electoral Provincial de Palencia ha declarado la firmeza de la sanción impuesta al alcalde de la ciudad, Alfonso Polanco, como autor de una infracción prevista en el artículo 50.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

La resolución ahora decretada dimanaba de la Junta Electoral de Zona de Palencia, la cual decretó la infracción cometida por Polanco al proceder a la inauguración de la Plaza Mariano Timón el mismo día en el que fueron convocadas oficialmente las Elecciones Municipales del pasado mes de Mayo.

El acuerdo, comunicado ahora al PSOE, señala que al no haberse interpuesto recurso alguno se procede a sancionar al alcalde de Palencia, el cual deberá proceder al pago de los 300 euros de multa, habilitándose a la Junta Electoral de Zona para que proceda a los requerimientos y apercibimientos que sean oportunos hasta el total cumplimiento y ejecución de lo resuelto.

 La Junta Electoral Provincial argumentó su decisión -con fecha 25 de Junio de 2015- como punible al entender que “el acto se realizó en el mismo día de la convocatoria oficial de las elecciones, incurriendo así en la prohibición establecida en el artículo 50.3 de la Ley Electoral”.

Consideró, asimismo, que se trataba de un acto de propaganda como lo reveló la presencia en el acto de representantes de la administración local, autonómica y general del Estado, acompañados por familiares de don Mariano Timón, y el hecho de que fuese convocada la prensa.

“Como se desprende de las propias informaciones de los medios de comunicación, el propio alcalde de la ciudad don Alfonso Polanco Rebolleda refirió la obra realizada como un logro de su gestión”, señaló la Junta Electoral.

En todo caso, añadió, “las dudas que pudieran surgir sobre si se trataba de un acto de mera visita al lugar y no de una inauguración, se despejaron atendiendo a la cualidad de los asistentes y a que de la documentación presentada se pone de manifiesto que las obras de reforma estaban terminadas de manera sustancial lo que evidencia que el acto se encontraba dirigido a la inauguración de la reforma y no a una mera visita protocolaria”.

 

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