Carmena pone en marcha una oficina contra la corrupción municipal
Dependerá del Pleno y podrá investigar a organismos municipales, entidades subvencionadas y a empresas adjudicatarias de proyectos, según el acuerdo alcanzado entre Ahora Madrid y PSOE
El Ayuntamiento de Madrid creará una Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción, un compromiso que Ahora Madrid adquirió con el PSOE para facilitar la investidura de Manuela Carmena y cuyo primer borrador se presentará este martes.
La propia Carmena anunciará en el Pleno la creación de este organismo -que busca el consenso de todos los grupos políticos-, y luego lo presentará en profundidad junto con la portavoz socialista, Purificación Causapié.
Se trata de la tercera iniciativa que Ahora Madrid y PSOE acuerdan este mes, después de que a principios de marzo Carmena y Causapié presentaran juntas las iniciativas para conmemorar el día de la Mujer, y hace unos días acordaran que la socialista y abogada laboralista Francisca Sauquillo dirija la comisión que aplique la Ley de Memoria Histórica en Madrid.
El tercer teniente de alcalde, Mauricio Valiente, ha explicado en rueda de prensa que la previsión es que esté operativa antes del verano, una vez concluido todo el trámite, y ha recalcado que será complementaria, y no sustituta, de la Comisión contra el fraude que probablemente se aprobará y creará en el Ayuntamiento.
Un reglamento de 23 artículos y una disposición final concretará la organización y funcionamiento de la Oficina, que gozará de independencia respecto de los órganos municipales sobre los que extiende su actuación.
Esta Oficina tendrá competencias para investigar y comprobar actuaciones sospechosas de fraude o cualquier aprovechamiento irregular derivado de las actuaciones de las personas que presten sus servicios para el Ayuntamiento.
También promoverá e impulsará la creación y modificación de códigos de buenas prácticas, y analizará las resoluciones judiciales que se hayan declarado probadas en situaciones de corrupción dentro del ámbito del Ayuntamiento de Madrid o en su relación con otras instituciones de carácter público o privado.
Su ámbito de actuación se extiende a todo el sector público del Ayuntamiento de Madrid, incluidos sus organismos autónomos, sociedades mercantiles, sociedades de economía mixta, fundaciones, asociaciones y cualquier ente con personalidad jurídica propia que de ellos dependan.
Adicionalmente, en la medida en que sea preciso para el cumplimiento de sus funciones, puede extenderse a las actividades de personas físicas o jurídicas que sean concesionarias de servicios, perceptoras de subvenciones públicas, que ejecuten obras o que tengan atribuida la gestión de servicios públicos municipales.
No podrá desempeñar, no obstante, funciones que correspondan a la autoridad judicial, a la Fiscalía o a la policía judicial, ni podrá investigar los mismos hechos que sean objeto de averiguación o instrucción por aquellos mientras haya causa judicial abierta.
El director o directora de la Oficina deberá ser nombrado por el Pleno municipal por mayoría de tres quintas partes de los votos, a propuesta de la Junta de Gobierno y previa comparecencia del candidato o candidata, para ser evaluado, ante la Comisión permanente ordinaria de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto.
Y si el candidato propuesto no obtiene esta mayoría, tendrá que someterse en la misma sesión a una segunda votación, en la que se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Pleno.
El responsable de esta Oficina Municipal estará asistido por un Consejo Asesor, integrado por un máximo de cinco vocales en representación de la sociedad civil, elegidos entre personas de reconocida trayectoria en la lucha contra la corrupción.
Los vocales no podrán ostentar cargo político vigente, serán designados por el Pleno del Ayuntamiento por una mayoría de tres quintas partes de los votos y para un período de cinco años, y no tendrán derecho a percibir retribuciones por sus funciones.
Valiente ha destacado el hecho de que el director de esta Oficina "podrá visitar sin previo aviso cualquier instancia o instalación municipal" para recabar información.
La Oficina podrá iniciar sus actuaciones de oficio o a instancia de parte si se ha formulado la correspondiente comunicación por una persona física o jurídica o por una institución pública; tendrá el mismo efecto la denuncia, incluso anónima, de cualquier persona que sea conocedora de hechos que considere irregulares.
También analizará la información difundida por los medios de comunicación que esté relacionada con la posible comisión de hechos irregulares. Para ello, tendrá un plazo máximo de seis meses para realizar las actuaciones de investigación, ampliable a otros tres más por resolución del director o directora.
Después de este periodo, el responsable de la Oficina emitirá un informe y, en caso de detectar presuntas irregularidades, podría originar la comunicación de posibles responsabilidades disciplinarias o penales a la autoridad competente.
Hace unos meses, el 22 de diciembre, Ciudadanos defendió en el Pleno del Ayuntamiento la creación de una Oficina Antifraude, que Ahora Madrid y PSOE rechazaron.