La Audiencia Provincial desestima los recursos presentados por los ex responsables del Niemeyer
El auto al que ha tenido acceso la SER, sólo acepta el sobreseimiento para el subdirector del equipamiento

Centro Cultural Niemeyer / C.S

Avilés
La decisión de la sección número dos de la Audiencia, presidida por Covadonga Vázquez, deja más cerca del banquillo al exdirector del Centro Niemeyer, Natalio Grueso; a su exmujer, Judit Pereiro; al anterior secretario, el abogado José Luis Rebollo; al exjefe de producción, Marc Martí, y al agente de viajes José María Vigil. Todos ellos investigados por posibles delitos societarios y de administración desleal. Por el contrario, el auto establece el sobreseimiento provisional en el proceso del que fuera subdirector, Joan Picanyol.
En los razonamientos jurídicos, se argumentan los motivos para rechazar la intención de los demandantes contra el auto de 17 de noviembre de 2015, dictado por el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Avilés, en el que se da por cerrada la instrucción y se deja todo listo para la convocatoria de juicio oral.
La sala rechaza el recurso de Natalio Grueso y del agente de viajes que solicitaban el archivo y sobreseimiento del procedimiento además de pedir la declaración de todos los integrantes del Patronato de la Fundación Niemeyer entre 2007 y 2012 y de los responsables de Viajes El Corte Inglés. Asimismo se desestima la petición de responsabilidad penal y civil para la Fundación, el Principado y la empresa. Grueso y Vigil están acusados, el primero como autor y el segundo como colaborador necesario, de un presunto delito societario y otro de administración desleal.
Respecto Marc Martí, el auto mantiene la acusación como cooperador necesario o cómplice en un presunto delito de administración desleal, y cita textualmente el auto recurrido por el investigado: “lo que sí parece evidente es que la Fundación abonó un dinero por unos servicios que no recibió”. La Audiencia rechaza la prescripción.
Tampoco se acepta el sobreseimiento libre ni la prescripción de las acusaciones contra la expareja de Natalio Grueso, que según el informe del inspector de Hacienda fue “la persona más beneficiada de gastos indebidos”. El auto establece en unos 40.000 euros el supuesto lucro.
En el caso de José Luis Rebollo, la resolución sostiene que el exsecretario de la Fundación participó como supuesto cooperador necesario en un presunto delito societario debido a la presentación de cuentas irreales y rechaza sus alegaciones.
Por último, se decreta el sobreseimiento provisional de Joan Picanyol al que ya en el auto judicial ahora apelado se le descartaba entidad delictiva o materia criminal, entendiendo que tenía exclusivamente competencias de tipo técnico.
Tras este auto, contra el que no cabe recurso, quedaría pendiente una prueba pericial respecto a una ampliación de denuncia a Natalio Grueso, antes de que se realice el escrito de acusación previo a la apertura de juicio.




