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Operación Puerto

La Justicia da luz verde a analizar las bolsas de sangre de la 'Operación Puerto'

La Audiencia Provincial de Madrid absuelve a Eufemiano Fuentes y a José Ignacio Labarta y acuerda enviar las bolsas intervenidas a la Agencia Mundial Antidopaje

Eufemiano Fuentes durante el juicio de la operación Puerto / EFE

Madrid

Las bolsas de sangre incautadas en la 'Operación Puerto' contra el dopaje llegarán a manos de la Agencia Mundial Antidopaje: la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido absolver a los acusados Eufemiano Fuentes y José Ignacio Labarta y también ha ordenado que las muestras de sangre intervenidas sean entregadas a la Real Federación Española de Ciclismo, a la Agencia Mundial Antidopaje, a la Unión Ciclista Internacional y al Comitato Olimpico Nazionale Italiano.

En su sentencia, los jueces dictan la absolución por entender que la sangre no es un medicamento y que por tanto no pueden ser condenados por un delito contra la salud pública, y en un auto ordenan entregar las bolsas de sangre alegando que "el fin perseguido es luchar contra el dopaje, el cual atenta contra el valor ético esencial del deporte, que es el juego limpio al impedir una competencia en igualdad de condiciones”. Si no se hiciera así se “genera el peligro de que otros deportistas puedan verse tentados a doparse y se emite un negativo mensaje social respecto a que el fin justifica cualquier medio”.

Explican también los jueces que la remisión de estas muestras a las autoridades deportivas no supondría, como alegó el juzgado en su sentencia, una "investigación prospectiva" sino un intento de detectar incumplimientos en las leyes vigentes en el momento de los hechos. Eufemiano Fuentes y el resto de acusados se sentaron en el banquillo por haber realizado transfusiones de sangre a deportistas para aumentar su rendimiento, al menos desde el año 2002. 

De esta manera, la Audiencia Provincial revoca la sentencia del juzgado de lo penal nº 21 de Madrid, que condenó a ambos a un año de cárcel- que no tuvieron que cumplir - además de a multas de 4.500 euros. Los jueces desmontan la pretensión de los afectados de que no debía entregarse el contenido con las muestras de sangre por tratarse de un “hallazgo casual” y por comprometer el derecho a la intimidad.

La sentencia mantiene además la absolución de los también acusados Manuel Saiz Balbás, Yolanda Fuentes Rodríguez y Vicente Belda Vicedo.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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