Caso Epsilon: ViIladelprat y Payne absueltos
La Audiencia de Álava ha absuelto al que fuera administrador único de la empresa automovilística Epsilon y a su socio de los delitos de administración desleal, insolvencia punible y alzamiento de bienes

Joan Villadelprat, primero por la izquierda, y Mark Payne, segundo por la derecha, a su llegada a la Audiencia Provincial de Álava / David Aguilar (EFE)

Vitoria
La sección segunda de la audiencia de Alava absuelve al que fuera administrador único de Epsilon y a su socio; Mark Payne de los delitos de administración desleal, insolvencia punible y alzamiento de bienes. La sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia alavesa, absuelve también a la escudería Epic Racing, a la que el británico Payne vendió la rama de competición de Epsilon.
La Fiscalía pedía para Villadelprat y Payne 8 años de cárcel para cada uno al entender que, el primero como autor y el segundo como cooperador necesario, convirtieron esta firma automovilística en una "cáscara vacía" al vender su rama de competición, pese a saber que con ello vaciaban de contenido un proyecto con el que aspiraban a competir en Fórmula Uno y que recibió más de 40 millones en ayudas públicas.
El fallo, contra el que cabe recurso de casación, considera probado que la empresa Epsilon Euskadi, creada en 2003, inició "un ambicioso proyecto" que consistía en crear un centro de innovación e investigación de alto rendimiento para desarrollar componentes avanzados de automoción.
No obstante, desarrollaba su actividad empresarial en cuatro campos: formación, diseño e investigación, fabricación de prototipos de vehículos y componentes, y gestión de equipos deportivos.
En total, recibió unos 40 millones de euros de ayudas públicas pero con la crisis financiera mundial esas subvenciones se redujeron y en 2009 ya tenía 1,3 millones de pérdidas.
En 2010 siguió asumiendo nuevas deudas y Villadelprat empezó a buscar un inversor que inyectara fondos con los que completar el despliegue del proyecto, pero al no encontrarlo, en marzo de 2011 convocó a los acreedores -Kutxa, Caja Vital y Parque Tecnológico de Álava- y les informó de la posibilidad de vender a Mark Payne y a dos empleados la rama de competición.
Ese mismo mes, estas tres personas constituyeron la mercantil Epic Racing para adquirir esos activos por un valor fijado de 200.000 euros, de los cuales se abonaron 100.000, mientras que Epic aportó otros 148.000 al pagar deudas pendientes de Epsilon.
La Sala destaca que, aunque el valor de la rama de competición se calculó en 1,09 millones de euros "no se ha probado que el precio acordado fuera inferior a su valor de mercado".
La sentencia sí da la razón al fiscal en que la competición "proporcionaba a Epsilon la mayor parte de sus ingresos a través del patrocinio", hasta tal punto que en 2010 supusieron el 97,5 % del total, pero también da por bueno el argumento de las defensas al asegurar que con la venta de la rama de competición "Epsilon se ahorraba algunos costes laborales y financieros, se evitaban nuevas deudas y se obtenía" algún beneficio.
Finalmente, el 4 de julio de 2011 Epsilon solicitó el concurso voluntario.
La Audiencia rechaza que los acusados cometieran un delito societario de administración fraudulenta o desleal porque la venta de la rama de competición fue "planteada como parte de un plan de viabilidad de la empresa", que se puso por escrito y se comunicó a los principales acreedores.
"No hubo ocultamiento, ni trama ni ardid para engañar a los socios", señala el fallo judicial.
Sobre el delito de insolvencia punible, sustentado según el fiscal porque los acusados vendieron de manera fraudulenta la rama con más valor y a un precio muy inferior al real, dejando a la empresa sin viabilidad futura, lo que agravó su situación de insolvencia, la sentencia señala en primer lugar que "no hay prueba" de que el precio pactado fuera mucho más bajo que el valor de mercado.
Recuerda que para que concurra este delito tiene que darse una "acción maliciosa" para "agravar la situación de crisis de la empresa", algo que no se da en este caso porque Villadelprat quería salvar puestos de trabajo, manejó varias opciones puesto que buscó compradores alternativos e informó a los acreedores de que la operación era urgente porque los campeonatos estaban a punto de empezar y Epsilon se arriesgaba a importantes sanciones si no acudía.
Además, menciona que los responsables del Parque Tecnológico de Álava no se opusieron a que se vendiera la rama de competición inicialmente. Lo hicieron en 2012 y la Sala señala que "si tardó quince meses en ver fraude en la operación, fácil es pensar que no lo había".
Por todo ello absuelve a Villadelprat, Payne y a Epic Racing como responsable civil subsidiaria.




