Absueltos los cinco acusados de usurpación del edificio de Valcárcel
La Audiencia Provincial revoca la sentencia que los condenaba a una multa y destaca que era "palmario" el "estado de abandono total" de Valcárce

Edificio de Valcárcel / Diputacion de Cádiz

Cádiz
La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a las cinco personas integrantes del movimiento Valcárcel Recuperado que habían sido condenadas a pagar una multa por un delito de usurpación del edificio de Valcárcel en el año 2011.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Radio Cádiz, se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz por parte de las cinco personas condenadas por esta misma sentencia a tres meses de multa con cuota de seis euros diarios como autores criminalmente responsables de un delito de usurpación de inmuebles.
Cabe recordar que el edificio de Valcárcel, propiedad de Zaragoza Urbana, se hallaba sin actividad y abandonado en 2011, fecha en la que el movimiento Valcárcel Recuperado entró en el inmueble articulando una serie de actividades en el inmueble.
La Audiencia Provincial explica en la sentencia que el delito de usurpación del art. 245.2 del C. Penal , “contempla la ocupación sin autorización debida de un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o el mantenerse en ellos contra la voluntad de su titular”.
“La descripción es clara y no exige el empleo de fuerza en las cosas, siendo irrelevante que se forzara o no la puerta o la cerradura para acceder al inmueble, hecho éste, por otra parte, que no resultó acreditado” indica textualmente.
Considera la sentencia que el edificio estaba “en estado de total abandono” y que “no merece la más contundente de las herramientas de protección del sistema jurídico quien no actualiza” la posesión del inmueble.
En este mismo sentido, se expone que “resulta palmario que el edificio no solo se encontraba simplemente vacío sino que no disponía de las instalaciones adecuadas a suministros en condiciones de uso, con riesgo de colapso de parte del forjado de la cubierta y carente de las más mínimas garantías de seguridad en su uso sin haberse acometido obras de conservación y mantenimiento en mucho tiempo”.
Por todo ello, revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz contra los cinco okupas de Valcárcel y absuelve a los recurrentes del delito de usurpación.




