El Ayuntamiento de Madrid regulariza la situación de 88 familias okupas
Deberán acreditar un año mínimo de domicilio habitual con anterioridad a enero de 2016
Madrid
El proceso es de carácter excepcional y con unos criterios muy definidos. Las familias que okuparon una vivienda de la EMVS mediante el sistema de la patada en la puerta tendrán que cumplir una seguir de requisitos. Deberán acreditar un año mínimo de domicilio habitual, que no han sido conflictivos con los vecinos y que han hecho un uso correcto de las instalaciones comunes.
Tras la regularización, tendrán que pagar los recibos atrasados y las cuotas de la comunidad desde la fecha de la ocupación hasta un máximo de cinco años. No podrán acceder quienes hayan pertenecido a organizaciones ilícitas que se hayan lucrado con la venta o el traspaso de viviendas públicas.
La presidenta de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), Marta Higueras, está convencida de que no habrá efecto llamada, entre otras cosas, porque no se va a regularizar a nadie con posterioridad al 1 de enero de 2016.
El acuerdo del Consejo de Administración ha salido adelante con el apoyo de Ahora Madrid y del PSOE y el voto en contra de Partido Popular y Ciudadanos.
Las condiciones de contratación serán las mismas aplicadas al resto de adjudicatarios de la EMVS. El proceso de regularización excepcional exige que los ingresos de la unidad familiar de los solicitantes no superen en 3,5 veces el IPREM, salvo que la calificación de la vivienda establezca un límite inferior.
Con esta regularización excepcional, lo que pretende el Ayuntamiento de Madrid y la EMVS, en efecto, es poder llegar a las familias que realmente lo necesitan, con rentas anuales muy bajas. Hasta ahora, lo que venían favoreciendo las anteriores administraciones municipales para adjudicar una vivienda social era que los solicitantes tuvieran unos niveles de ingresos superiores a los ahora estipulados.
“Esta circunstancia no respondía a la realidad social y entraba en colisión con la carta de naturaleza que debe regir en una empresa de las características de la EMVS”, defiende Ahora Madrid.
Reglamento de la EMVS
Será finalmente en el pleno de este mes de septiembre cuando se debata la modificación puntual del Reglamento de acceso a viviendas de la EMVS. Hasta el momento, Ahora Madrid no había conseguido sacarlo adelante por la falta de apoyos internos (Ganemos) y las reticencias del PSOE, socio de investidura cuyos votos son imprescindibles.
150 nuevas viviendas
La EMVS también ha anunciado este martes la compra de 150 viviendas distribuidas por todo Madrid, destinadas a alquiler social, ante la carencia que existe. El Gobierno de Carmena defiende que la lista de espera es de 9.000 personas y que no hay pisos suficientes para atender las necesidades sociales tras la venta, por parte del equipo de Ana Botella, de 1.860 pisos a fondos de inversión.
Las viviendas, que podrán ser de segunda mano o de nueva construcción, deberán tener 2, 3 o más dormitorios y una superficie útil mínima de 50 m2 para las viviendas de dos dormitorios, 70 m2 para las de 3 dormitorios y 80 m2 para las de más de tres dormitorios. Deberán estar ubicadas sobre rasante y las que se encuentren en la planta baja del edificio deberán disponer de algún elemento constructivo bajo toda la superficie (sótano, trastero, garaje, etc.) que prevenga las humedades.
Igualmente, todas las viviendas susceptibles de ser compradas deberán ser exteriores, entendiendo por tales, aquellas que dispongan de, al menos, dos piezas principales con huecos de luz a la vía pública.
La EMVS no comprará viviendas unifamiliares, y el edificio donde se alberguen deberá estar constituido en comunidad, y los propietarios al corriente de pago de las cuotas, tributos municipales y pagos de suministros. En todo caso, tanto los pisos adquiridos, como las zonas comunes, deberán tener garantizada la habitabilidad, conservación y accesibilidad.