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GARBIÑE BIURRUN EN 'HORA 14 EUSKADI'

"Los eventuales que no litigaron su despido pueden ahora litigar su indemnización"

La presidenta de la Sala Social del TSJPV explica las dos sentencias que equiparan los despidos de contratados por obra a fijos

Biurrun: 'Los eventuales que no litigaron su despido pueden ahora litigar su indemnización'

Biurrun: 'Los eventuales que no litigaron su despido pueden ahora litigar su indemnización'

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Bilbao

La Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado una segunda sentencia que equipara la indemnización de un trabajador con contrato de obra y servicio a la de un fijo, aunque en este caso en una empresa privada.

Así lo ha contado la presidenta de la sala, Garbiñe Birrun, en el informativo 'Hora 14 Euskadi' de la Cadena SER, aunque no ha dado más detalles, ya que la sentencia fue dictada ayer y todavía no ha sido notificada a las partes.

Biurrun ha explicado que el caso es similar al conocido ayer, que afectaba a una contratada por obra y servicio para un proyecto de investigación en el Hospital de Galdakao (aunque el hospital no era el contratante). En los dos casos, los trabajadores despedidos recurrieron, no la indemnización, sino el tipo de contrato. En los dos casos, el tribunal ha estimado que los contratos eran ajustados a derecho, pero aplica la sentencia europea de 14/09/2016 y eleva las indemnizaciones percibidas hasta los 20 días por año de servicio.

Debido a lo anterior, a que a los tribunales hasta ahora sólo han llegado casos en los que el objeto del litigio es el contrato y no la indemnización, Biurrun cree que ahora llegarán muchos más litigando esta última. "A partir de esta sentencia, supuestos de finalización de contratos temporales en los que nadie litigaba porque entendían que el contrato era regular y que la indemnización era la correcta, ahora se ha visto que no y es de esperar que muchos reclamen la indemnización de 20 días". Biurrun ha informado de que tienen un año para hacerlo.

Según la magistrada, tras el pronunciamiento del TSJ de Madrid sobre un contrato de interinidad y estos dos vascos contratos para obra y servicio, faltarían pronunciamientos judiciales sobre contratos eventual y formativos.

 

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