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Economía y negocios
AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDAS

¿Quieres una ayuda al alquiler de la Junta?

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado las bases para solicitar una ayuda para el alquiler cuya cuantía máxima se ha fijado en 200 euros mensuales

Las ayudas para el alquiler de vivienda serán como máximo de 200 euros en Castilla-La Mancha / Getty Images

Las ayudas para el alquiler de vivienda serán como máximo de 200 euros en Castilla-La Mancha

Toledo

La Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha ha convocado las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas que están dirigidas a personas con escasos medios económicos o que hayan sufrido la pérdida de su vivienda habitual a causa de un desahucio.

La orden, que ha sido publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha establece que se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40 por ciento de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 euros mensuales, es decir, 2.400 euros anuales.

La cuantía de la ayuda será de hasta el 60 por ciento de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 euros mensuales, para aquellos beneficiarios que acrediten haber sido desahuciados dentro del plazo de un año anterior al de la fecha de entrada en vigor de cada convocatoria.

Estas ayudas se abonarán trimestralmente y se concederán por un plazo máximo de doce meses, sujetas a la disponibilidad presupuestaria, hasta la finalización del crédito disponible.

Entre los requisitos necesarios para obtenerlas, se fija que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, y los gastos de comunidad, no supere la cuantía total de 500 euros mensuales, excepto en el caso de familias numerosas, donde el límite es de 600 euros.

Y apunta que no se exigirá el cumplimiento del requisito relativo al límite mínimo de ingresos en el caso de las mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, personas afectadas por situaciones catastróficas, dependientes, personas con movilidad reducida, pertenecientes a familias inmersas en procesos de intervención social, sin hogar, deudores hipotecarios en procedimientos de ejecución y otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.

 

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