Los 84 controladores podrían enfrentarse a 8 años de cárcel por sedición
Tanto el delito de sedición como el abandono del puesto de trabajo comportan inhabilitaciones
Palma de Mallorca
Los 84 controladores aéreos de las torres de Baleares a los que un juez de Palma imputa un delito de sedición podrían enfrentarse a una pena máxima de ocho años de prisión. El magistrado del juzgado de instrucción número uno de Palma dio el primer paso para llevarles a juicio esta semana. En un auto recuerda que el delito de sedición está castigado en algunos casos con prisión menor de seis meses a tres años y con prisión mayor de tres a ocho años si el acto se comete con la intención de interrumpir la navegación aérea.
El juez rechaza en un principio que los acusados puedan ser enjuiciados por un delito de abandono del puesto de trabajo, una calificación alternativa propuesta por la fiscalía en el caso de que no se estimase la acusación por sedición. Este delito contempla penas mucho menores, con multas de ocho a doce meses. Sin embargo, uno de los principales problemas para los controladores podrían ser las suspensiones de empleo que contemplan ambos delitos. Hasta dos años de suspensión de empleo acarrea el delito de abandono del puesto de trabajo, mientras que la sedición puede llevar a una inhabilitación de hasta diez años.
El caso contra los controladores fue archivado en un primer momento por el juzgado de instrucción, una decisión que fue recurrida por la fiscalía ante la Audiencia Provincial de Palma. Este tribunal ordenó la reapertura del asunto y la práctica de nuevas diligencias. Ahora, el juez ha decidido dar el primer paso para llevar a juicio a los trabajadores de las torres de control que provocaron el caos aéreo durante el puente de diciembre de 2010. Todas las causas penales contra los controladores han sido archivadas en el territorio nacional, excepto en juzgados de Madrid, donde la fiscalía también ha formulado acusación en contra del criterio que se ha mantenido en el resto de España.