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La joven de 21 años que supuestamente sufrió abusos en Pozoblanco declarará el día 25

Uno de los abogados defensores ha adelantado que "si no se considerara nula la prueba del video" prevé calificar los hechos como "una falta de vejaciones injustas", puesto que, a su juicio, los hechos "no se pueden calificar como delito de abuso sexual".

"La Manada" en los San Fermines / Cadena SER

"La Manada" en los San Fermines

Córdoba

La juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la localidad cordobesa de Pozoblanco ha fijado para el viernes 25 de noviembre la declaración de la joven de 21 años que denunció los supuestos abusos sexuales que presuntamente cometieron en mayo los cuatro jóvenes investigados en este caso y en prisión, tras ser detenidos meses después en Pamplona, junto a otro varón más, por una supuesta violación grupal a una mujer en los Sanfermines de este año.

Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, que han detallado que el día 25 se prevé la declaración, además de la joven, de otros tres testigos supuestamente relacionados con estos hechos, que ya declararon en su día, aunque no lo hicieron delante de los abogados de los cuatro investigados, por lo que la juez ha atendido la petición de las defensas, al tiempo que también ha citado para el día 22 de noviembre a otros dos testigos.

Entretanto, uno de los abogados defensores, Luis Romero, ha adelantado a Europa Press que "si no se considerara la petición de nulidad de pruebas", entre ellas el vídeo del caso, prevé calificar los hechos como "una falta de vejaciones injustas", puesto que, a su juicio, los hechos "no se pueden calificar como delito de abuso sexual".

Al respecto, los cuatro jóvenes investigados se acogieron a su derecho a no declarar ante la juez en lo referente a lo ocurrido en el interior del vehículo que grabaron en el vídeo y en relación a los mensajes de 'WhatsApp', donde enviaron la citada grabación.

De este modo, los investigados declararon "sobre todos los puntos, excepto sobre el contenido del vídeo", ante la petición de nulidad como prueba, "porque se ha incorporado al procedimiento procediendo de otra investigación" y entienden que "se ha vulnerado el derecho fundamental", a la vez que "se ha incorporado sin autorización de quien entrega el dispositivo", subrayaron.

Al respecto, el citado abogado aseguró ante tal situación que "no se han cumplido unas formalidades y se van a alegar distintas causas para pedir la nulidad de pruebas", puesto que "se ha hecho una causa general al investigar los últimos cuatro o cinco años" en el móvil. También, resaltó que no se ha proyectado el vídeo en el juzgado.

Por otra parte, ya han declarado dos testigos, concretamente el agente de Policía Local de Pozoblanco con el que habló la joven sobre los hechos y otra testigo con la que habló la joven la noche de los hechos. También, la acusación ha pedido que declaren como testigos seis personas que comentaron en el 'WhatsApp' el vídeo que grabaron sobre los hechos, uno de ellos, el quinto joven que presuntamente participó en el suceso de Pamplona.

"PROVOCAR LA INCONSCIENCIA"

Cabe recordar que los cuatro jóvenes continúan en prisión por orden del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, que investiga la supuesta violación grupal en los Sanfermines y vio indicios de que los mismos supuestamente abusaron sexualmente en mayo de una joven de 21 años, tras conocerla en la feria del municipio cordobés de Torrecampo y desplazarse hasta Pozoblanco.

Los investigados presuntamente grabaron los abusos con un móvil y compartieron uno de los dos vídeos en un 'chat'. El magistrado sostiene que "existen serios indicios de que podrían haberse utilizado sustancias específicamente destinadas para provocar la inconsciencia de la víctima".

En el auto, el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona ha acordado remitir la investigación a los Juzgados de Pozoblanco, partido judicial al que pertenece la localidad en la que se llevaron a cabo los hechos, por ser los competentes territorialmente para su instrucción.

En la resolución, el juez considera que "resulta indiciariamente acreditado" que A.J.C.E. ofreció a la denunciante acompañarla a su domicilio en un vehículo, donde nada más entrar y tras sentarse en el asiento del copiloto cayó "en un estado de profunda inconsciencia".

Según recoge el auto, en el vehículo se montaron también J.A.P.M., J.E.D. y A.M.G.E. y mientras este último conducía "todos ellos le tocaban los pechos" y A.J.C.E. le "besaba en la boca, riéndose entre ellos de la víctima". Según añade el magistrado, la llevaron luego hasta la localidad de Pozoblanco, donde se despertó "completamente desnuda en el asiento de atrás" y con el mono y las medias rotas.

La joven se vistió y se colocó en el asiento del copiloto, momento en el que presuntamente A.J.C.E. le requirió "para que le hiciera una felación". Ante la oposición de ella, según relata el juez, el investigado la golpeó "dos veces en la cara y otra en el brazo". Acto seguido, la empujó fuera del coche y la insultó.

EL VÍDEO Y EL RELATO DE LA JOVEN

Los supuestos tocamientos practicados en el vehículo fueron presuntamente grabados por J.A.P.M. con el teléfono móvil de A.M.G.E., creando dos archivos de vídeo, el segundo de los cuales fue compartido en un chat denominado 'Manada', en el que posteriormente se refirieron a la víctima como "la bella durmiente". Desde esa conversación, el investigado J.A.P.M. difundió ese vídeo en otro chat llamado 'Peligro' en el que participaba A.B.F, el quinto procesado por la supuesta violación de los Sanfermines.

Estos hechos, según detalla el juez, están tipificados en el artículo 181 del Código Penal como cuatro delitos de abuso sexual, delitos de los que aparecen como autores los cuatro investigados. Asimismo, el magistrado imputa a A.J.C.E. un delito de lesiones.

Para la concreción del relato de los hechos y la valoración de los indicios de criminalidad, el magistrado ha tenido en cuenta "principalmente el relato de la víctima en su denuncia, el clarísimo contenido de los archivos de vídeo", "las fotografías que la víctima hizo de las lesiones sufridas", la comunicación del incidente a terceros y los datos obrantes en el atestado presentado por la Brigada de Delitos contra las Personas de la Policía Foral de Navarra.

En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, el juez estima que con arreglo al artículo 181 del Código Penal "se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

A este respecto, el magistrado abunda en el propio relato de la víctima en cuanto a la forma en la que se despertó sin tener conocimiento "de nada de lo ocurrido" en el periodo intermedio, así como en "la profunda inconsciencia que se aprecia en los vídeos sin que la víctima se despierte a pesar de los besos y tocamientos y de las risas de los investigados".

En este sentido, el juez también resalta que la joven describió la inconsciencia como "repentina en el mismo momento de introducirse en el turismo", la referencia posterior a ella como "la bella durmiente", así como los comentarios en el 'chat' 'Peligro' tras compartirse el segundo vídeo con menciones sobre la posible utilización en los hechos de burundanga, en referencia al alcaloide escopolamina o hioscina que actúa como depresor de las terminaciones nerviosas y del cerebro, sustancia de efectos sedantes similar a la atropina que ha sido detectada en usos delictivos para dejar inconscientes y luego amnésicas a las víctimas, singularmente en ataques sexuales.

La supuesta utilización de esta sustancia, razona el magistrado, explicaría la referencia posterior en el 'chat' 'Veranito' por parte de A.B.F., quien participaba en el 'chat' 'Peligro', en el que también se compartió el segundo de los vídeos, "a la voluntad de llevar para el viaje a Pamplona burundanga".

 
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