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Investigan dos centros en Yecla por realizar acupuntura sin titulación

La Guardia Civil investiga a dos personas por realizar terapias alternativas sin titulación, a las que se les atribuye un delito de intrusismo profesional

Guardia Civil

Murcia

La Guardia Civil de la Región de Murcia ha instruido diligencias como investigadas a dos personas por la presunta autoría de delito de intrusismo profesional, al ejercer técnicas de acupuntura sin titulación oficial y autorización necesaria en dos establecimientos públicos de Yecla.

Agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil iniciaron la operación dirigida a inspeccionar establecimientos públicos, principalmente herbolarios y centros de terapias naturales alternativas, con el objetivo de verificar la legalidad de estos locales, así como la existencia de personal titulado para la práctica de las terapias ofertadas.

En tanto se realizaban estas labores de inspección, la Guardia Civil obtuvo información que relacionaba a dos establecimiento de Yecla, dedicados a la herboristería, con unas supuestas prácticas irregulares de terapias de acupuntura realizadas por personas con dudosa formación profesional.

Las pesquisas practicadas y las inspecciones de los locales han permitido a la Benemérita identificarlas y verificar que realizaban técnicas de acupuntura sin contar con las correspondientes titulaciones oficiales y autorizaciones necesarias para el desarrollo de la actividad. La operación 'ZIRÁN' ha culminado con dos personas investigadas como presuntas autoras de delito de intrusismo profesional.

Según lo reglado en el Real Decreto 1277/2003 por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, la acupuntura, contemplada dentro de la amplia variedad de las terapias naturales, es una medicina natural invasiva desarrollada por un facultativo (médico o fisioterapeuta) debidamente autorizado.

La Guardia Civil advierte que quien ejerce actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, "incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses".

Además, si la actividad profesional desarrollada exige un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se está en posesión de dicho título, "se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses".

Si el culpable, además, se atribuye públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, "se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años", remarca.

Ruth García Belmonte

Ruth García Belmonte

Directora de Contenidos de la Cadena SER en la Región de Murcia. Me escuchas cada día en Hora 14 Región...

 
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