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Absueltos los seis policías acusados de informar a la red de Gao Ping

Uno de ellos, Mario José Selas, era policía municipal de Fuenlabrada

La Audiencia Nacional ha absuelto a los policías acusados de estar implicados en el Caso Emperador. / Cadena SER

Fuenlabrada

La Audiencia Nacional ha absuelto a los seis agentes, cinco nacionales y uno de ellos policía local, acusados de suministrar información a Y.W.L., considerado colaborador de Gao Ping, el supuesto líder de la trama de blanqueo de dinero, desarticulada en la conocida como Operación Emperador.

De los seis agentes, dos de ellos estuvieron destinados en Fuenlabrada, Blas Donoso Adán, hasta 2012 en la Brigada de Extranjería de esta ciudad y Óscar García Frade. Además, otro de los policías absueltos, Mario José Selas, formó parte de la policía municipal de Fuenlabrada, ciudad en donde Gao Ping tenía su principal sede de operaciones, concretamente en el polígono Cobo Calleja.

Todos fueron juzgados dentro de una pieza separada de la causa, en la que el fiscal les acusaba de aceptar regalos e invitaciones a cambio de favores al acusado Y.W.L., quien también ha sido finalmente absuelto. Para ellos la Fiscalía Anticorrupción les pedía penas de entre uno y nueve años de prisión por delitos de cohecho, tráfico de influencias y revelación de secretos. Sin embargo, después de analizar los hechos, la sentencia concluye que no ha quedado acreditado el delito de cohecho, porque no consta que los acusados hubieran recibido regalo alguno.

El ponente, Nicolás Poveda, habla de los problemas de seguridad y atracos que sufría la comunidad china en España, lo que propició el acercamiento entre los empresarios chinos y los policías, llegando a generar lazos de amistad. La sentencia tiene un voto particular de Ramón Sáez, quien considera que la actuación de tres de los policías si podría considerarse revelación de secretos. Añade que el apartado de fundamentos jurídicos de la sentencia que debería contener análisis de la prueba, sin embargo, se limita a resumir “el resultado individual de cada una de ellas sin confrontar ni valora en conjunto las mismas, obviando conversaciones y mensajes intervenidos, tan importantes para el caso”. También muestra su desacuerdo en la calificación jurídica de los hechos, por considera que no se pueden considerar “penalmente irrelevante” la conducta de tres de los acusados.

 
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