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Tribunales

Nueva condena al Ayuntamiento de Jaén

La sentencia establece que el consistorio utilizó a cuatro becarias para que realizasen labores propias de un trabajador y que no recibieron la formación adecuada

El fallo exige la readmisión de las cuatro jóvenes o el pago de la indemnización por despido improcedente

Patio interior del Patronato de Cultura, Turismo y Patrimonio Histórico de Jaén. / turjaen.org

Patio interior del Patronato de Cultura, Turismo y Patrimonio Histórico de Jaén.

Jaén

El Juzgado de lo Social número 2 de Jaén ha condenado al Ayuntamiento de Jaén a la readmisión de cuatro jóvenes o al pago de una indemnización de 5.509,02 euros a cada una de ellas por despido improcedente. Según el fallo al que ha tenido acceso Radio Jaén, estas cuatro mujeres, que entraron como becarias en el Patronato de Cultura y Turismo, no recibieron la formación que se estipula en este tipo de casos y realizaron labores propias que "de no llevarse a cabo por las becarias, tendrían que realizarse por personal laboral".

Las demandantes comenzaron a trabajar en el Patronato de Cultura el uno de julio de 2014. Posteriormente, el 30 de junio de este año, fueron despedidas sin recibir ningún tipo de compensación lo que llevó a las jóvenes a recurrir a la vía judicial. La resolución, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, da un plazo de cinco días para que el consistorio opte por alguna de las dos posibilidades que le ha impuesto la Justicia.

  • TRABajos

El veredicto enumera los trabajos que realizaron las becarias como la vigilancia en salas de exposiciones, la traducción de textos, elaborar carteles y folletos sobre visitas guiadas y participación en varias ferias turísticas como Tierra Adentro o Intur en Valladolid, entre otros. También ejercieron de guías en la visita al Castillo cubriendo las vacaciones de otros trabajadores y también realizaron visitas a otros monumentos sin "ningún tipo de apoyo". Incluso, fueron taquilleras, "actividad para la cual no se necesita una especial formación".

El dictamen se refiere a otros fallos del Tribunal Supremo que estableció que la finalidad de una beca es potenciar la formación del becario algo que, según señala la sentencia del Juzgado de Jaén no ocurre en este caso. De hecho, remarca que los trabajos que realizaron las demandantes se enmarcan en la categoría profesional del Grupo A2 con una salario de 2.504,23 euros. Una cantidad lejana de los 609,12 euros mensuales que recibieron por la beca.

La sentencia reconoce que las becarias se han beneficiado de una formación profesional pero a continuación indica que "sus funciones excedieron los límites de la bolsa o beca". Por último, el Juzgado de lo Social número 2 de Jaén afirma que la relación que tuvieron las cuatro jóvenes con el Ayuntamiento fue una "relación laboral ya que hay ajenidad, dependencia y onerosidad que se manifiesta a través de la retribución" motivos que han llevado a fallar contra el Ayuntamiento.

César García

César García

Director de Contenidos de Radio Jaén y licenciado en Periodismo. Comenzó a trabajar en el mundo de la...

 

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