La acusación particular pide que declaren de nuevo los investigados por presunta agresión sexual
Lo hace en el escrito en el que reitera su oposición a la excarcelación de los tres jóvenes

Portal del domicilio donde presuntamente ocurrieron los hechos denunciados / Cadena SER

Aranda de Duero
La acusación particular considera necesario que vuelvan a declarar ante el juzgado los tres jóvenes que permanecen en prisión mientras se investiga su participación en la agresión sexual a una menor de 15 años. Así lo afirma el escrito presentado ante el juzgado en el que se opone a la excarcelación de los jóvenes que piden sus defensas. Curiosamente es la declaración del cuarto jugador de la Arandina la misma circunstancia a la que apelan ambas partes para solicitar cuestiones opuestas. Mientras las defensas consideran que dicha declaración fue exculpatoria para sus clientes, por lo que piden el levantamiento de la prisión provisional, la acusación particular indica que el testimonio de este joven introdujo mayores contradicciones y sembró aún más dudas sobre el comportamiento no sólo de los tres investigados sino incluso del propio declarante.
La acusación desconfía de la ignorancia manifestada por el testigo al respecto de la fecha a la que se refieren los hechos denunciados. No entiende este desconocimiento dadas las abundantes informaciones difundidas pocos días después de la detención de sus compañeros. Apela a la participación de este cuarto jugador el 23 de diciembre en el partido en el que la Arandina llevó a cabo un acto público contra las agresiones sexuales, por lo que considera que ya en ese momento debía conocer la fecha de los hechos denunciados pese a lo que no hizo constar su presencia en el piso. Según la interpretación de la acusación el compañero de los tres investigados quiso evitar a toda costa declarar ante el juzgado, por lo que manifiesta su convencimiento de que conocía tanto la fecha de los hechos como su presencia en el domicilio en ese momento.
Recela también la acusación de la relación que este testigo haya tenido con alguna de las defensas antes de presentarse ante el juzgado, insinuando que su declaración ha podido ser guiada. Directamente acusa al testigo de faltar a la verdad cuando afirma que el día de los hechos y después de que todos salieran de la casa, la denunciante saludó desde fuera del bar en el que se encontraban a alguno de los denunciados. Por el contrario el letrado de la acusación asegura que a esa hora su representada estaba en casa y no volvió a salir a la calle.
Entrando ya en el contenido del testimonio la acusación argumenta que desconocer que un hecho ha pasado (que es lo que afirma el testigo al decir que no vio nada al encontrarse en otra habitación) no es lo mismo que los hechos no hayan ocurrido, por lo que considera que su declaración no puede considerarse exculpatoria de nada.
Por lo tanto, dadas las numerosas contradicciones que la acusación aprecia en las declaraciones tanto de los investigados como del cuarto jugador presente en el lugar de los hechos denunciados, manifiesta su interés en que los tres jóvenes sean llamados a declarar de nuevo. Eso sí, matiza que esta nueva comparecencia tendría interés una vez se acote la prueba documental de la que ahora mismo están pendientes los participantes en esta investigación, que no es otra que el volcado de los terminales tecnológicos de todas las partes.
Por cierto, la prisión en la que se encuentran los tres jóvenes es, en opinión de la fiscalía una de las garantías de que la menor cuenta con protección en el plano penal. Así lo expone en un informe emitido a instancias de la jueza instructora sobre la protección de la menor en el que añade que no se ha puesto de manifiesto situación de desamparo desde el punto de vista civil. Eso sí, el Ministerio público se extiende especialmente en recordar la obligación de todos quienes intervengan en la investigación de proteger la intimidad de las víctimas y sus familiares. Apelando literalmente al mandato del Estatuto de la Víctima indica la obligación de todos los que participan en el proceso de tomar las medidas necesarias para impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar la identificación de los menores de edad.




