La Audiencia confirma la absolución de Juana Martín
Se absuelve a la diseñadora, a dos familiares suyos y sus sociedades del delito de alzamiento de bienes del que le acusaba una filial de Invercaria
Córdoba
La Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 que ha absuelto a la diseñadora de moda Juana Martín, al igual que a su padre y a su hermano, y también a las sociedades Juana Martín Andalucía SL y Juana Martín Diseño SL, del delito de alzamiento de bienes, o frustración de la ejecución de un embargo de bienes que se iba a hacer por Invercaria.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia desestima "íntegramente" el recurso de apelación interpuesto por la compañía mercantil Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR (Inverseed) contra la sentencia del Penal 2 y en consecuencia, confirma "íntegramente" la misma, "sin hacer especial declaración sobre las costas de esta alzada".
De este modo, se acuerda notificar la presente resolución a las partes y remitir, junto con los autos originales, al juzgado de procedencia para "su cumplimiento y ejecución", de manera que la sentencia es firme.
En la sentencia de primera instancia, a la que ha accedido Europa Press, se da por probado que Invercaria, "a finales de 2008, contactó con la mercantil Juana Martín Andalucía SL", administrada por Juana Martín, su padre y su hermano, "para financiar a la misma y entrar a formar parte de su capital".
El 1 de septiembre de 2011, Invercaria "transmitió a la entidad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR" los "derechos de crédito y la participación que ostentaba" en la citada sociedad de Juana Martín, "sucediendo por tanto a Invercaria en todos los derechos y acciones derivados de la financiación a la empresa acusada".
En consecuencia, la sociedad Juana Martín Andalucía SL adeudaba a Inverseed "la suma de 702.943,84 euros de principal, más 210.883 euros de intereses y costas, como consecuencia del impago de los prestamos participativos concedidos por Invercaria.
Dado que llegado el vencimiento de los mismos la entidad acusada no cumplió con sus obligaciones de pago, y tras fracasar los distintos intentos de solución extrajudicial", Inverseed "interpuso la correspondiente demanda de ejecución de título no judicial" en enero de 2013.