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PGOU

El PGOU de Jaén es declarado nulo por el recurso de una empresa almeriense

Radio Jaén ha tenido acceso a una sentencia que podría afectar a varios proyectos importantes

Vista panorámica de Jaén capital. / Radio Jaén

Jaén

Radio Jaén Cadena Ser ha tenido acceso este jueves a la sentencia de la sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declara la nulidad del Plan General de Ordenación Urbanística de Jaén. Lo hace a raíz de un recurso formulado por la entidad 'Inversiones Olivencia SL' contra la parte demandada, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, cuyo motivo original era lograr la clasificación de suelo urbano no consolidado de las parcelas de su propiedad situadas cerca de un conocido establecimiento hotelero ubicado junto a la N-323, concretamente las parcelas nº 18520 y 49582 del Registro de la Propiedad nº1 de Jaén.

En el fallo de la misma se estima el recurso contencioso administrativo contra la resolución impugnada declarando la nulidad de la orden de 3 de octubre de 2014 por la que se resuelve la aprobación definitiva del PGOU de la capital, un acontecimiento que podría afectar a varios proyectos importantes de la ciudad como la construcción del centro comercial Jaén Plaza.

Dos carencias

La sentencia reconoce que en el plan no se incluyen la Evaluación Ambiental Estratégica y el informe de Sostenibilidad Económica. De la evaluación la sentencia del TSJA dice que el PGOU de Jaén omite y tiene defectos sustanciales, por lo que "no se ha llevado a cabo correctamente el proceso de evaluación ambiental exigible conforme a la ley estatal de transposición de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo. Por otro lado, con respecto al informe de Sostenibilidad Económica, la sección cuarta de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoce que "no se ha encontrado en el expediente administrativo". "Examinada la memoria económica financiera y también el estudio económico de infraestructuras, de su contenido no puede deducirse un verdadero estudio, no ya de viabilidad en la ejecución, sino de sostenibilidad en el futuro y mientras dure la obligación de su mantenimiento y conservación de las infraestructuras y actuaciones en general", añade la sentencia.

Por último, la sentencia condena en costas a la Junta de Andalucía y la propia administración regional dispone de treinta días para presentar contra ella un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Virgilio Moreno Valenzuela

Licenciado en Periodismo por la Universidad de Málaga. Es redactor y locutor en Radio Jaén desde el...

 
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