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Culpables de homicidio los padres del niño que murió desnutrido en Artenara

Un Jurado ha declarado culpables de un delito de homicidio por imprudencia a Yurena S.A. de 32 años (i) e Isidro Yeray S.R., de 35, padres del niño de tres años y medio que murió en 2013 en Artenara (Gran Canaria) desnutrido y sin que nunca lo llevaran a / Elvira Urquijo EFE

Las Palmas de Gran Canaria

Un Jurado ha declarado culpables de un delito de homicidio por imprudencia a los padres del niño de tres años y medio que murió en 2013 en Artenara (Gran Canaria) desnutrido y sin que nunca lo llevaran a un médico.

La Fiscalía había solicitado en un primer momento una condena de 15 años de cárcel por homicidio por omisión para Isidro Yeray S.R., de 35, y su esposa, Yurena S.A., de 32, pero tras escuchar que el veredicto del Jurado considera que la muerte del niño fue fruto de una imprudencia, la ha rebajado hasta cuatro años de prisión.

El fiscal César Casarrón ha instado a la Audiencia de Las Palmas a que imponga a ambos la máxima condena prevista para los homicidios imprudentes, en atención a la gravedad de los hechos, y a que les obligue a indemnizar con 60.000 euros a los dos hermanos del menor.

Las defensas también reconocen que sus clientes son autores de una imprudencia grave, pero recomiendan que solo reciban una condena de dos años de cárcel y que el tribunal les permita seguir en libertad, concediéndoles una suspensión de la pena al carecer de antecedentes penales, así como que no se fije indemnización alguna dados sus problemas económicos.

Las partes han emitido su solicitud de condena tras explicar el presidente del tribunal, el magistrado Emilio Moya, que conforme al veredicto del jurado se les podía imponer una condena de 1 a 4 años de prisión, al concurrir la agravante de parentesco y la atenuante por el retraso en la instrucción de la causa, esta última apreciada por el Jurado.

El portavoz del jurado ha señalado que ha habido un "gran debate" y una "intensa deliberación" ante la gravedad de los hechos que han tenido que juzgar y han considerado que, precisamente por ello, los dos procesados no merecen pedir indulto ni la suspensión de la pena privativa de libertad.

El Jurado ha entendido como probado que los padres del menor no llevaron nunca a su hijo al pediatra y que desde el momento de su nacimiento hasta su fallecimiento desatendieron "los más elementales cuidados a los que estaban obligados".

Así, el niño careció de asistencia sanitaria y de una adecuada alimentación "hasta el punto de provocar un estado continuado de desnutrición y deshidratación, unido a una extremada falta de higiene", según refleja el tribunal popular en su veredicto.

Además, ha estimado que el comportamiento "omisivo" de ambos acusados, unido a las patologías que sufrió desencadenó su fallecimiento.

Según los hechos probados, el niño sufrió un traumatismo severo en la nariz y la boca, provocado por al menos dos caídas cuando contaba entre 1 año y 6 meses y 2 años, que se fue agravando con el tiempo y generó una necrosis, y una bronconeumonía crónica y finalmente aguda, que determinó su muerte.

No obstante, el tribunal popular ha acordado por mayoría que los padres, pese a la desatención de los más elementales cuidados que tuvieron hacia su hijo, no pensaron que pudiera fallecer, ya que no querían matarlo, pues "no fueron conscientes de la gravedad de las heridas" que degeneraron en unas dificultades para la respiración del niño que acabó muriendo.

Así mismo, el Jurado, también por mayoría, ha entendido como probado que el traumatismo que sufrió el menor no fue tratado y se le fue deteriorando el rostro hasta el punto de producirle una amplia y profunda apertura en la nariz, dividiéndola en dos partes y varios cortes en el labio, que le impedían realizar las funciones de deglución, respiratorias y masticatorias.

Como consecuencia de ello, añade el veredicto, el niño sufrió una patología pulmonar consistente en una bronconeumonía aguda y crónica por aspiración bilateral con edema agudo y hemorragia que derivó en un proceso infeccioso en los pulmones.

Al no recibir asistencia médica por la bronconeumonía, ello derivó en una descompensación aguda debido a una broncoaspiración de material gástrico, derivado de un vómito, y finalmente una insuficiencia respiratoria y la muerte, según ha concluido el tribunal popular.

 
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