El Plan General de Ordenación Urbana de El Espinar a las puertas de su aprobación definitiva
El ayuntamiento espinariego dispone de tres meses para remitir la documentación necesaria para el levantamiento de la suspensión
Segovia
La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia ha resuelto aprobar definitivamente de forma parcial el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de El Espinar, que promueve el Ayuntamiento del municipio. La aprobación es parcial porque queda en suspenso la clasificación propuesta para algunos sectores de suelo urbano y suelo urbanizable ya que no se considera acreditada su necesidad o no se entienden justificados. El Ayuntamiento dispone de tres meses, una vez que reciba la notificación del acuerdo adoptado, para remitir a la Comisión Territorial la documentación necesaria para que se levante la suspensión de esta parte del Plan.
Dadas las especiales características medioambientales de El Espinar, el término municipal se encuentra mayoritariamente clasificado como suelo rústico con protección, lo que supone más del 90 % del suelo; y destaca que de todo el suelo rústico clasificado, alrededor de un 86 % pertenece a la categoría de suelo rústico con protección natural.
El PGOU pretende sentar las bases para establecer unas condiciones normativas cuyo objetivo es la consecución de una ordenación que respete los principales activos ambientales y paisajísticos del municipio, así como los valores del patrimonio edificado existente.
Se ha dado el visto bueno a un proyecto en Codorniz para la ampliación de un centro hípico y granja escuela ya existente. La propuesta contempla construir 21 unidades habitacionales y un edificio polivalente en el que se instalarán almacenes, aseos y salas de actividades.
Por otra parte, en Muñopedro se ha autorizado la instalación de colmenas y la reforma de un refugio anejo ya existente. El promotor pretende priorizar, además de las cosechas de miel, la recolección de jalea real, la producción de propóleos y la obtención de cera de calidad. El proyecto presentado incluye también la construcción de una nueva edificación que no ha sido autorizada al no quedar justificada su necesidad ni su proporcionalidad en relación a la entidad de la explotación apícola.