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EL TSJCYL reconoce a una trabajadora del CAMP el derecho a ser informada de los datos serológicos del usuario con el que sufrió un accidente biológico

El tribunal ha desestimando el recurso interpuesto por el letrado de la Comunidad de Castilla y León confirmando la sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Palencia

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Palencia

EL TSJCYL reconoce a una trabajadora del CAMP Ntra. Sra. De la Calle de Palencia, el derecho a ser informada de los datos serológicos del usuario con el que sufrió un accidente biológico.

El TSJCYL ha fallado, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el letrado de la Comunidad de Castilla y León y confirmando la sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Palencia, que declaraba que la trabajadora, Cuidadora Técnico de Servicios Asistenciales, estuvo sometida a una situación de riesgo, tras sufrir un accidente laboral de origen biológico y por ello tiene derecho a la información concreta que solicita. Entendiendo que prevalece el derecho a la vida, la integridad física y moral de la trabajadora frente al derecho a la intimidad y protección de datos del paciente, e indicando que la confidencialidad de la información clínica no tiene un carácter absoluto.

Desde CSIF pideron a la dirección del centro y a la Gerencia de Servicios Sociales que se informara a la trabajadora y que se cumpliera el Protocolo de buenas prácticas en prevención de riesgos biológicos, pero según explican, las peticiones no fueron atendidas.

 

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