La familia del doble crimen considera que la sentencia del TSJA raya en la "prevaricación"
Subraya que el apoyo de la Fiscalía del Supremo es una "verdadera sentencia"
anibal domínguez escrito Fiscalía del Supremo
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Huelva
La familia de Miguel Ángel y María, víctimas del doble crimen de Almonte, tras tener conocimiento del escrito emitido por la Fiscalía del Tribunal Supremo,mediante la que se adhiere al recurso de casación que hemos interpuesto ante el Alto Tribunal español han querido manifestar su más sincera satisfacción por el posicionamiento expresado por la Fiscalía del Tribunal Supremo al apoyar nuestro recurso de casación, pero no viene sino a evidenciar una argumentación lógica y de sentido común, como venimos reclamando desde que conocimos el fatídico veredicto del jurado popular y la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial que fue ratificada por el TSJA mediante sentencia de 1 de febrero de 2018. Para esta familia, la sentencia que en su día emitió el TSJA raya la prevaricación por cuanto ha recibido un soberano repaso por parte de la Fiscalía del Supremo que ha llegado a calificar en su escrito de "auténtico despropósito la sentencia del TSJA". El mismo TSJA en su sentencia remarcaba que existían indicios más que suficientes para haber declarado la culpabilidad del entonces acusado, pero que se remitía al carácter sucinto del veredicto expresado por el jurado popular. Ante ello, esta familia no tuvo más remedio que calificar dicha sentencia como la de Poncio Pilatos, por cuanto el alto tribunal andaluz había desestimado en dos ocasiones la petición de puesta en libertad solicitada por la defensa y con su sentencia de 1 de febrero evidenciaba que ni siquiera había estudiado mínimamente los planteamientos que presentábamos en nuestro recurso de apelación, basados fundamentalmente en la vulneración de la tutela judicial efectiva, como corrobora la Fiscalía del Supremo. Entendemos que los magistrados encargados de estudiar nuestro recurso de apelación pasaron la pelota al Tribunal Supremo al no aportar razonamientos jurídicos de peso para desestimar nuestro recurso de apelación. El escrito de la Fiscalía del Supremo retrata al TSJA y lo deja desnudo jurídicamente; incluso llega a utilizar la expresión jurídica lapsus calami (falta de atención) referida a la dejación que evidencia el TSJA en el análisis de algunas cuestiones del recurso.
La familia solicitará en el momento oportuno que se estudie pormenorizadamente si las testigos Raquel Granado y Maite Espina han incurrido en un posible y grave delito de falso testimonio, ya que como expresa la Fiscalía del Supremo, sus testificales son contradictorias. Si nos atenemos al desarrollo del proceso judicial, hay que tener en cuenta que Raquel Granado, ex pareja del entonces acusado, cambió su testimonio realizado ante la UCO una vez tuvo conocimiento que su ex pareja fue detenido. Nunca antes declaró haberlo visto. Y el caso de Maite Espina es igual o más grave, ya que nunca declaró absolutamente nada sobre si vio al entonces acusado en Mercadona y fue propuesta a última hora por la defensa para declarar en el juicio que lo vio en el interior del establecimiento comercial. Si fuera así, nos preguntamos ¿por qué nunca antes fue a decirlo al juzgado de instrucción? Hay una cuestión mucho más embarazosa y engorrosa para la defensa: esta parte se pregunta si es cierto que la defensa concitó una reunión en el mes de agosto –un mes antes del juicio- con algunas trabajadoras de Mercadona que posteriormente pasaron por sala judicial en septiembre.
Si esto fuera así, ¿formó parte de esa reunión Maite Espina?
- Para esta familia, el escrito de apoyo de la Fiscalía del Supremo nos parece prácticamente una sentencia, y a pesar de que mostramos nuestra cautela ante el posicionamiento que vaya a mostrar el Tribunal Supremo, no nos queda sino esperar a que dicho tribunal nos dé la razón por cuanto la misma Fiscalía advierte en la sentencia del TSJA importantes defectos y carencias como venimos advirtiendo, y algo mucho más importante, habla la Fiscalía del Supremo de que existe una intensisima carga probatoria contra el entonces acusado mediante una ingente cantidad de pruebas oficiales y testigos imparciales que dejan al hoy absuelto contra las cuerdas. Al respecto, la Fiscalía del Supremo, al igual que nosotros, no se explica cómo el jurado popular puede establecer en la misma balanza una comparativa entre el informe oficial del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses sobre el ADN con el del peritaje de la defensa, al indicar, como ya hemos apuntado en numerosas ocasiones que la pericial de la defensa ejercida por el señor Lorente fue una pericial basada en una hipótesis de elementos hipotéticos y no pura, convirtiéndose más que un informe científico en un alegato defensivo. De esta manera, la Fiscalía del Supremo también saca los colores al genetista Lorente, que para esta familia se llevó una lavadora de segunda mano debajo del brazo al Palacio de Justicia de Huelva y se la compró el jurado popular, cuando nunca antes lo hizo la justicia profesional al rechazar categóricamente y sin paliativos su descabellada y surrealista pericial.
Ante todo ello, el escrito de la Fiscalía del Supremo no viene sino a establecer una línea de sentido común a un caso que se presentó ante juicio meridianamente claro, como siempre ha mantenido la Unidad Central Operativa encargada de la investigación, y que la defensa ha conseguido torcer de manera torticera y que sin lugar a dudas ya hubiera estado resuelto si de ello se hubiese encargado un jurado profesional. Nos preguntamos si los miembros del jurado popular pueden conciliar el sueño ante tal cúmulo de despropósitos y si los magistrados y el ponente del TSJA encargado de redactar la sentencia no deben, al menos, ser apercibidos ante lo que es un auténtico desastre judicial.
Hay que recordar que el hoy absuelto estuvo tres años en prisión preventiva con unos posicionamientos judiciales firmes en contra de su puesta en libertad, desestimando la justicia profesional hasta en cinco ocasiones su excarcelación. Los estamentos judiciales y científicos, así como policiales, siempre manifestaron su rotunda clarividencia para declarar el caso como absolutamente resuelto en torno a la culpabilidad del hoy absuelto. Un jurado popular, en extrañas circunstancias, se encargó de ponerlo en libertad y la sentencia del TSJA que ratificó el veredicto del jurado popular ha sido cómplice de este desaguisado al no haber dedicado la atención adecuada y necesaria de acuerdo a la gravedad de los hechos. La Fiscalía del Supremo ha puesto el dedo en la llaga y ha dejado a los miembros de la Sala de lo Penal del TSJA ante el más absoluto de los descréditos. Nos preguntamos por qué una familia que lleva sufriendo cinco años una situación calamitosa tiene que aguantar los desmanes cometidos por unos magistrados a los que se les presupone cierta entidad jurídica sin que reciban el más mínimo apercibimiento.
- Queremos seguir confiando en que la Justicia -que nunca debería retrasarse, porque de lo contrario, deja de ser justicia- enderece este grave y penoso calvario que nunca debimos atravesar y que el Tribunal Supremo escuche la petición que hace la Fiscalía del Supremo, que no deja de ser una posición fundamentada en la lógica y el sentido común.