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Absueltos los acusados de amañar la adjudicación de la dirección facultativa de la variante de Guardo

El tribunal considera que el envío de regalos por parte de una empresa a funcionarios era "una práctica habitual" sin incidencia en el proceso administrativo

El juzgado ha absuelto a todos los acusados / Europa Press

Valladolid

El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de los cuatro procesados, dos de ellos funcionarios de la Consejería de Fomento y los administradores de las empresas Eipsa y Civil 4, que habían sido acusados de haber "preparado" y "concertado" el concurso público para adjudicar la dirección facultativa de la variante de Guardo.

La sentencia, de 39 páginas, fundamenta el fallo absolutorio en que de la prueba practicada "no ha acreditado que los acusados se concertaran para preparar, con carácter previo, los pliegos de cláusulas de dicho contrato a fin de asegurar que la adjudicación correspondiera a la UTE referida, ni consta acreditado que los funcionarios citados facilitaran a los miembros de la UTE información tendente a asegurar la adjudicación".

El juez recuerda que la relación a lo largo del mes de diciembre de 2010 entre los acusados no consta probado que tuviera por objeto acordar el pliego de prescripciones técnicas particulares y el de cláusulas administrativas que estaba preparando Belén G, ingeniero de caminos de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento, sino enmarcados en diversos contratos de ejecución con las empresas investigadas desde los meses de abril y junio del mismo año en los que la citada funcionaria era directora y que, por tanto, "exigían reuniones y contactos frecuentes para su ejecución y desarrollo".

Aunque la Unidad de Delincuencia Económico y Fiscal (UDEF), a lo largo de su investigación, comprobó que Belén G. había recibido sendos paquetes de Civil 4 los días 15 de diciembre de 2010 y el 22 de noviembre de 2011, consistentes en un jamón y dos botellas de vino, el fallo del juez recuerda que "dichos envíos eran una práctica habitual de esta empresa, a modo de regalos navideños, que tuvo lugar con varios funcionarios y particulares sin que, al margen de la valoración que pueda merecer dicha conducta, pueda vincularse en modo alguno dicho envío a la adjudicación del presente contrato".

Durante el juicio, Fiscalía de Valladolid consideró que existía "prueba indiciaria" de que dicho concurso había sido amañado entre los funcionarios de la Dirección General de Carreteras de la Junta Jesús M.A. y Belén G.G. y los empresarios Diego B.D. y José Antonio Ll.J. para que el contrato se lo llevara la UTE conformada por estos últimos.

Por ello, había acordado mantener invariable su petición de condena para los dos funcionarios y los administradores de Eipsa y Civil 4, en el caso de los técnicos de la Junta como autores de un delito de revelación de informaciones reservadas y otro de fraude a un ente público y respecto de los dos particulares por la autoría del segundo de dichos delitos y de otro de aprovechamiento de información privilegiada.

Así, los dos funcionarios y los dos empresarios se exponían cada uno a una pena de un año y ocho meses de prisión. Además, la fiscal pidió a los dos técnicos el pago de multas por 6.750 euros y su inhabilitación para empleo o cargo público por diez años, mientras que los representantes de la UTE interesó su privación del derecho a percibir subvenciones o exenciones fiscales durante tres años y la obligación de pagar multas por importe de 1.022.000 euros.

Entre la "prueba indiciaria", la fiscal esgrimía como principales hitos el abundante "flujo" de llamadas telefónicas, SMS y correos electrónicos y varias reuniones en persona entre los procesados entre finales de 2010 y primeros de 2011, antes, durante y al término de la tramitación del procedimiento administrativo, que permitió a la UTE investigada hacerse con un contrato por importe de 360.000 euros y que, como así entendía la fiscal, tenían como contenido el concurso público para el que se "concertaron", preparando una serie de cláusulas "excluyentes" para el resto de licitadores.

Amparada fundamentalmente en un informe elaborado por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), la acusadora consideró "clara" la participación de Belén G.G, encargada de elaborar los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas, documentos que, siempre según su tesis, habría confeccionado con la colaboración estrecha del resto de imputados para asegurarse de que el contrato recayera en manos de Eipsa y Civil 4.

La relación "personal" y las "expresiones de cariño" reflejadas en el cruce de correos entre la funcionaria y el administrador de Civil 4, Diego B.D, quien, además, obsequió a la primera en aquellas fechas con un jamón y varias botellas de vino, fueron resaltadas por la fiscal a la hora de contextualizar las numerosas llamadas entre ellos, algunas de larga extensión y en horario no laboral, coincidiendo "temporalmente" con la tramitación del expediente, circunstancia ésta que no se dio con el resto de licitadores del concurso.

"Hubo manejo de información privilegiada y concierto para defraudar a la administración pública, con vulneración de los principios de transparencia y libre concurrencia", aseveró la acusación pública como colofón de su informe.

Versión diametralmente opuesta fue la presentada por las defensas, que consideran que toda la prueba estaba cimentada sobre un informe de la UDEF que ha sido tomado como "dogma de fe" pero que parte de una premisa "falsa" cuando asegura que la externalización de la dirección facultativa de la variante de Guardo fue acordada por los procesados, "cuando se ha demostrado que fue una decisión del Servicio Territorial de Palencia por falta de medios ante la complejidad y singularidad de la obra".

Pero además, los defensores recordaron que la investigación tiene su origen en un anónimo recibido por la policía judicial en el que se anticipaba ya el fallo del concurso público, algo que a uno de los letrados no le sorprende lo más mínimo ya que entre los licitadores figuraba "una de la máximas referencias nacionales en materia de estructuras", en alusión a José Antonio Ll.J, adjudicatario a la postre del contrato.

"Lo único que se ha demostrado aquí es que no ha habido amaño alguno y, sin embargo, hoy tenemos a cuatro personas honradas sentadas en un banquillo que nunca tenían que haber ocupado", se lamentó el defensor de los dos funcionarios, quien, al igual que los otros dos defensores, enmarcó las llamadas, correos y reuniones de los investigados en las "relaciones profesionales" existentes entre ellos debido a otros proyectos que tanto Eipsa como Civil 4 tenían en ejecución con la Junta y cuya supervisión técnica corría a cargo de Belén G.G, como así ha estimado el juez del caso.

Pero además, los abogados de los procesados coincidieron también en que el procedimiento administrativo objeto del presente juicio es ejemplo de "eficacia y legalidad" pues el mismo supuso un enorme ahorro para las arcas de la Junta, cifrado en más de 300.000 euros, y pusieron como ejemplo de su perfecta tramitación el hecho de que al mismo concurrieron 27 licitadores y ninguno de ellos presentó recurso ni impugnación alguna.

En este sentido, incidieron en que la cláusula que la fiscal utilizó como una de las principales artimañas para excluir a otros licitadores, la inclusión en el pliego técnico la exigencia de 25 años como mínimo de experiencia del ingeniero principal, la cumplían todos y cada uno de quienes se presentaron al concurso e insistieron en que la misma pretendía únicamente garantizar la perfecta ejecución de una obra de gran complejidad técnica, extremo este último que también recoge el juez como probado.

 
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