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El TSJ de Madrid confirma la legalidad de la Junta de Edad del Colegio de Enfermería de Murcia

La presidenta del Colegio, Amelia Corominas anunció que se marcharía en cuanto se resolviera este asunto para que "se celebren elecciones cuanto antes"

cadena ser

Murcia

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la legalidad de la Junta de Edad del Colegio de Enfermería de Murcia, nombrada por el Consejo General de Enfermería de España.

En la sentencia, el TSJ de Madrid vuelve a recordar que las elecciones al Colegio de Enfermería murciano fueron anuladas legítimamente por el Consejo General porque, tal y como se convocaron, infringieron "el principio de funcionamiento democrático de los Colegios profesionales".

Y ello es así, según la sentencia, porque en los "ocho días naturales de presentación de candidaturas había cinco festivos seguidos y un posible puente", Semana Santa y Fiestas de la Primavera Murciana.

El fallo judicial condena a todos los actores del recurso, en total nueve personas incluyendo a Amelia Corominas, a pagar personalmente las costas judiciales del proceso y 400 euros por persona.

Desde el Consejo General de Enfermería de España requerirán tras esta sentencia a Amelia Corominas y a su equipo que abandonen "de forma inmediata y pacífica" las instalaciones colegiales y dejen paso a la Junta de Edad.

El nombramiento se produjo tras la anulación de las últimas elecciones al Colegio debido a unas irregularidades durante su convocatoria, informa el Consejo General de Enfermería en un comunicado de prensa.

El fallo judicial, que desestima un recurso interpuesto por Amelia Corominas, confirma que la composición de la actual Junta de Edad se ajustó a derecho, recriminando a los recurrentes que pretendan ahora poner en tela de juicio su constitución cuando han sido precisamente sus trabas y artimañas las causantes de que el Consejo General no haya podido localizar de forma fehaciente a los colegiados más antiguos.

Así, en su sentencia, el TSJ de Madrid recuerda que el Consejo General de Enfermería requirió de forma fehaciente al Colegio de Enfermería para que le remitiera el censo colegial actualizado en el plazo de 10 días, para poder nombrar una Junta de Edad, del que el colegio hizo caso omiso.

La Sala del TSJ de Madrid reprocha a Corominas y a su equipo que pretendan alegar irregularidades respecto a la constitución de la Junta de Edad cuando cualquier error al respecto "se debe en gran medida a no haber facilitado el Colegio de Murcia un censo actualizado de los colegiadas que habría permitido a la demandada (al Consejo General de Enfermería) dirigirse a los más antiguos.

A lo largo de la sentencia, el Tribunal confirma que la Comisión Ejecutiva y el Pleno del Consejo General de Enfermería de España son los competentes para nombrar a la Junta de Edad y ratifica la plena legalidad del proceso seguido para su composición.

Además el fallo echa por tierra todas las alegaciones que fueron planteadas por Corominas y su equipo, con el objetivo de evitar que la actual Junta de Edad pudiese devolver la legalidad al Colegio de Enfermería de Murcia.

Hasta el momento, Corominas se ha negado a cumplir las decisiones judiciales, llegando a contratar guardias jurados en sede colegial para impedir a los miembros de la Junta de Edad el acceso a las dependencias colegiales incluso para realizar trámites como colegiados ordinarios.

 

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