Los buhoneros, los manteros en la España de Carlos III
Cuenca
En el programa de hoy vamos a hablar de los buhoneros, personajes que iban y venían por toda nuestra geografía, cargados de cosas para vender, todas ellas variopintas y que algunas tenían una utilidad algo dudosa.
Así dicen los documentos. Los buhoneros
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Como estamos viendo en este espacio dedicado a repasar la Historia a través de lo que nos dicen los documentos, aquellos buhoneros también han dejado huella en los Archivos.
¿Por dónde empezamos hoy a contar aquella vida del buhonero…?
Vamos a comenzar conociendo quiénes eran aquellos buhoneros, según el Diccionario de la Lengua Castellana de Sebastián de Covarrubias, quien define al buhonero como ‘el que trae su tienda acuestas en una arquilla, con diversas cosas menudas’.
En un libro titulado Historia y descripción general de los intereses de comercio de todas las naciones de Europa en las quatro partes del mundo en que se habla de la Historia de los buhoneros, que fue editado en Francia y traducido al español en el año 1773, aquí el enlace:
podemos leer los siguiente sobre aquellos personajes los buhoneros, donde se explica claramente el perjuicio causado por ellos en el comercio:
‘Universalmente se ha tolerado y aun por lo común se ha autorizado la profesión de buhonero. Todavía no se ha conocido el perjuicio que ocasiona al Comercio de las Manufacturas la intervención de este tercero inútil entre los vendedores y compradores. El buhonero sólo produce una industria perniciosa a la sociedad.
No todos los buhoneros serían perjudiciales al comercio, antes podrían ser muy útiles si estuviesen sujetos a reglamentos rigurosos, capaces de contenerlos en ciertos límites. Tales son los buhoneros dedicados a la Librería, y los que no compran ni venden más que desechos, lienzo y ropa vieja.
En una palabra, mercaderías que han servido y que sin embargo son objetos preciosos para el comercio, porque este no conoce nada despreciable, y de todo saca partido.
Antiguamente, el papel se hacía en los molinos de papel y con ropas viejas, de ahí que se diga lo siguiente sobre lo que vendían los buhoneros:
Esta especie de buhoneros alimenta los molinos de papel, una de la manufacturas más importantes y más necesarias, y la ropería, ramo de comercio que también es de grandísima utilidad.
El vendedor tiene su interés en vender mucho y el consumidor en comprar barato: el que se ha colocado inútilmente entre los dos, el buhonero, que se ha introducido en el comercio, perjudica igualmente al uno y al otro. Es un tercero dañoso al comercio y que podría hacer mejor uso de su industria.
Los buhoneros perjudican infinito no sólo a los mercaderes de por menor y a los consumidores, sino también a las manufacturas y a los negociantes, que surten los almacenes de frutos y mercaderías, ya para mantener la abundancia en su país, ya para hacer remesas de su sobrante al estrangero.
Se criticaba, particularmente, todo tipo de mercancías defectuosas que los buhoneros vendían porque aquello ni estimulaba el comercio ni causaba beneficio al comprador, antes más gran perjuicio:
‘Es un grandísimo daño para las fábricas el que haya quien compre mercaderías defectuosas. Y esto es lo que hacen los buhoneros, que por este camino protegen los defectos esenciales, perjudican los progresos del arte, hacen perder su reputación a una manufactura, a todo un país, lo que es un perjuicio inmenso, alguna vez irreparable, y agravian muchíssimo al público, inundándole de mercaderías defectuosas’.
Las imperfecciones se mantienen y perpetúan por el ejercicio de los buhoneros, que se encargan de la venta de todo lo que es defectuoso. Las peores mercaderías, particularmente de las finas, son el principal objeto de su comercio.
Rara vez conducen un buen artículo: inundan al público de todo lo peor Sus compras de mercaderías defectuosas atrasan los progresos de la industria, las ventas que hacen más baratas que los mercaderes de por menor ocasionan a estos un notable perjuicio, y los consumidores son engañados, aunque servidos a precio más inferior.
Porque por lo común la mercadería siempre es más cara según su calidad a qualquier precio que la compre el consumidor.
Además, los buhoneros no pagaban impuestos, al contrario que los mercaderes y otras industrias, de lo que se causaba gran perjuicio a la Hacienda pública, en clara ventaja con quienes sí contribuían al erario público:
Los buhoneros logran aún otra ventaja sobre los mercaderes, que es un robo hecho al público. No tienen domicilio, siempre ambulantes están libres de todas las cargas públicas y así se aumenta su caudal duplicadamente, a costa de los mercaderes domiciliados, de los consumidores y de los progresos de la industria.
De modo que se concluye lo siguiente, dando el autor su opinión sobre lo que sería aconsejable determinar con los buhoneros:
Sería, pues, muy útil una ley que proscribiese, como se ha hecho en Rusia, la profesión de los buhoneros.
Aun convendría que se les tratase como a vagabundos y gentes sin destino. Se restituirá a la Agricultura, a las manufacturas una clase de hombres más perniciosos a la sociedad que la de los mendigos.
Y se recuerda que la legislación es importante a la hora de evitar estos perjuicios:
En ninguna parte donde el comercio se halla protegido y donde hay buenos reglamentos se permite a los buhoneros, ni a los corredores ni a ningún mercader el comprar estas mercaderías a los fabricantes y arrebatarlas, digámoslo así, de entre las manos: son tratados como los que atraviesan los frutos que se conducen al mercado.
Además, para asegurar la buena calidad de los productos vendidos, éstos debían llevar una marca, como una garantía. Lo que luego ha venido derivando en la actual trazabilidad de los productos y alimentos.
Todos los fabricantes deben conducir sus mercaderías al mercado y ponerles una marca, que asegure la buena calidad de cada pieza en su clase y la fidelidad del aneaje. Esta es la primera ventaja sumamente preciosa al comercio, que resulta de esta policía. Y es otra infinitamente útil a los progresos del comercio el establecer la abundancia en el mercado.
Y veamos qué se decía de las ventajas de comprar en los mercados y no fuera de ellos:
La ley que prohíbe las compras fuera del mercado facilita aun otra ventaja mui patente a las fábricas, en quanto mantiene barata la maniobra, porque el precio de las fábricas es siempre la principal causa de su buen suceso o la que las perpetúa.
Sería pues preciso establecer una ley muy rigurosa sobre este ramo de comercio, si se le quiere conservar y hacer floreciente.
Y en lo que se refiere España, en el año 1783 se publicó una Real Cédula de Carlos III, por la qual se manda que con ningún pretexto ni motivo se permita que los buhoneros y los que traen cámaras obscuras y animales con habilidades anden vagando por el Reyno, si no es que elijan domicilio fixo y se recuerda que
Por otra real cédula expedida en dos de agosto de mil setecientos ochenta y uno, con el fin de atajar los daños y perjuicios que causaban al público los buhoneros estrangeros y otras personas que andaban vendiendo buxerías por las calles, sin tener domicilio fixo, no obstante lo que sobre este punto estaba igualmente prevenido en las leyes del reino.
Y veamos de qué modo iban qué vendían:
Mandé que con ningún motivo ni pretexto permitieseis que así a los que sin domicilio fixo vendían por las calles efigies de yeso, botes de olor, palilleros, anteojos y otras menudencias de esta clase, como los caldereros y buhoneros, que iban por los pueblos y se hallaban en todas las ferias con cintas, hebillas, cordones y pañuelos, anduviesen vagando de pueblo en pueblo, ni de feria en feria.
Y para estos establecía la ley lo siguiente:
Haciéndoles saber que fixasen su domicilio y residencia, con apercibimiento de que se les tendría por vagos y se les daría como a tales la aplicación correspondiente a las Armas o Marina.
Pero es que además había una suerte de personajes que iban y venían del siguiente modo:
Con motivo de varios recursos y representaciones que se han hecho al mi consejo ha reconocido este que no obstante lo dispuesto y prevenido en las referidas cédulas, andan vagando por el reyno, sin destino ni domicilio fixo diferentes clases de gentes, como son los que se llaman saludadores, los que enseñan máquinas obscuras, marmotas, osos, caballos, perros y otros animales con algunas habilidades, los que con pretexto de estudiantes o con el de romeros o peregrinos sacan pasaportes, los unos de los maestros de escuela, o rectores de las universidades, y los otros de los capitanes generales o magistrados políticos de estos reynos, abusando de dichos pasaportes para andar vagando ociosos.
A tenor de lo que dijo el rey en esta Real Cédula, nos podemos imaginar España con una serie de muy diversos tipos recorriendo los caminos, según continúa este documento:
Asimismo ha advertido el grave perjuicio que ocasionan a mi Real hacienda y al fomento y progresos del comercio los malteses, piamonteses, genoveses y otros viandantes buhoneros, estrangeros y naturales de estos reynos que andan por las calles, huertas y campos vendiendo varios géneros de lencería, lana, estambre, texidos de algodón y seda, y demás ultramarinos, y del país, llevándolos a las casas sin domiciliase ni establecerse, pues además de no arraigarse en estos reynos extrahen de ellos sus ganancias y no pagan mis reales contribuciones, de modo que vienen a ser más privilegiados que los naturales y domiciliados en el reyno contra toda buena razón política.
Y deseando el mi consejo contener estos excesos y abusos y atajar los perjuicios que ocasionan tan crecido número de ociosos y holgazanes, teniendo presente lo expuesto en el asunto por mi primer Fiscal Conde de Campomanes acordó expedir esta mi Cédula.
Por la qual os mando que con ningún pretexto ni motivo permitáis ni consintáis que los buhoneros, y los que trahen cámaras obscuras y animales domesticados con habilidades, anden vagando por el reyno, con prevención que hago a los Capitanes generales y justicias de que no les den pasaportes, y aunque les traigan se les recoja y destine como vagos.
Se sigue indicando lo que no se debía permitir y así sabemos más de cuáles eran los lugares por donde iban vendiendo sus bagatelas los buhoneros.
No permitáis ni consintáis que los malteses, genoveses y demás buhoneros estrangeros ni naturales vendan por las calles, casas, huertas y campos géneros algunos, sino que lo hagan precisamente en tiendas y casas de comercio, avecindándose y eligiendo desde luego domicilio fixo.
Y se daba de plazo un mes para que toda aquella gente se domiciliara:
En el término perentorio de un mes contado desde la publicación del bando o edicto que haréis fixar vos, las justicias, para que así lo cumplan, pues pasado dicho término deben quedar apercibidos de que se les tratará como vagos por la mera aprensión justificada, dando cuenta los respectivos justicias a las salas del crimen de mis chancillerías y audiencias.
Y fijémonos como hasta mitad del siglo XX algunas de estas cuestiones se mantuvieron en las Ordenanzas de Jábaga, refiriéndose a Titiriteros, volatineros, gimnastas, músicos ambulantes y prestidigitadores y lo que estaba vedado:
Queda prohibido a los anteriores el estacionarse para ejecutar sus ejercicios, juegos y demás en la vía pública sin obtener para ello licencia de la autoridad local.
Queda prohibido que al anunciar sus ejercicios por medio de instrumentos puedan molestar a los vecinos o turbar el reposo.
Y, por último, se prohibía echar las cartas, decir la buena ventura, interpretar o explicar los sueños y llevar consigo animales dañinos o feroces, a menos que los conduzcan atados y con las precauciones debidas para que no puedan causar daño alguno.
Oficios y dedicaciones del pasado y otras también actuales, que depararon y siguen dejando perjuicios. La picaresca no ha parado de actuar y de ahí que tengamos que estar precavidos ante ciertas actitudes y ofertas, que sólo pueden depararnos menoscabo a nuestro bolsillo, cuando no a la salud ante ofertas variopintas… La seguridad es lo primero.