La Abogacía del Estado da la razón a los afectados por las ayudas del terremoto de Lorca
Un informe de la Abogacía ratifica el criterio que afectados y Ayuntamiento de Lorca han defendido sobre el plazo de prescripción de las justificaciones
Lorca
El Delegado del Gobierno en la Región de Murcia, Diego Conesa, informaba en la tarde de ayer jueves a la Plataforma de Afectados por la Devolución de las Ayudas del Terremoto de 2011 del dictamen elaborado por la Abogacía del Estado sobre el plazo que tiene la administración -en este caso, la Comunidad Autónoma- para exigir la justificación de las subvenciones públicas que recibieron tras la catástrofe destinas a reparar sus viviendas.
El informe concluye que el plazo es de cuatro años a contar desde los seis meses posteriores a la finalización de la obra, un criterio que es el que hasta ahora han mantenido tanto el Ayuntamiento de Lorca como los propios afectados. Con esos parámetros, dice esta plataforma que podrían ser archivados el 80% de los expedientes abiertos por la Consejería de Fomento para el reintegro de estas ayudas.
Lo que ocurría hasta el momento, sin embargo, es que la Comunidad Autónoma aplicaba un plazo general de un año completo (el tiempo que tenían los afectados para realizar los trabajos de rehabilitación, lo hubieran agotado o no), más los seis meses de justificación y, después, los cuatro años para la prescripción.
Diego Conesa ponía a disposición de los afectados y del Ayuntamiento de Lorca el informe de la Abogacía del Estado "que entendemos que podría servir a muchos vecinos para solicitar la prescripción" y será "un soporte jurídico adicional para el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma".
En todo caso, ese informe, que este viernes se presentará por registro ante la Comunidad Autónoma, concluye también que "la comprobación del transcurso de dicho plazo pasa necesariamente por el análisis de cada expediente de subvención".
Después de que el Gobierno regional asegurara que los embargos ejecutados hasta ahora se debían al cobro de los intereses correspondientes al Estado (puesto que la Comunidad Autónoma los ha bonificado en su parte), Conesa lamentaba el proceder de la Consejería de Fomento "que es la única competente en la gestión de las cartas y reclamaciones, porque el Estado nunca ha reclamado a la Comunidad Autónoma que realice esos envíos para cobrar los intereses".
Para el Delegado del Gobierno el informe que clarifica el plazo de prescripción supone "un obstáculo" que se ha salvado, de igual forma que se ha "despejado" la posibilidad de un posible recurso de inconstitucionalidad que podría haber planteado la Abogacía del Estado a la Ley 8/2018 para flexibilizar la tramitación administrativa de estas justificaciones de ayudas públicas tras los terremotos de 2011 en Lorca.
Lázaro Giménez
Periodista de la Cadena SER en la Región de Murcia